Arturo Molina / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. Advierten sanciones a médicos y personal de salud que incumplan con la Norma Oficial Mexicana 046 para la atención de las mujeres y niñas víctimas de la violencia sexual. Los castigos van desde la suspensión del puesto de trabajo al interior del sistema de salud estatal hasta la inhabilitación de la cédula profesional de los trabajadores. Tras instalar el Comité de Vigilancia de la norma publicada en el año 2005 y actualizada en 2009, el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla enfatizó la importancia de contar con un órgano que regule cualquier acto de incumplimiento y, sobre todo, que analice las necesidades de la población vulnerable. A pregunta expresa de La Voz de Michoacán sobre las sanciones, el mandatario aclaró que al menos para el caso de Michoacán la norma sí contemplaría sanciones por el incumplimiento en atender a mujeres víctimas de violaciones. Y es que a pesar de que la norma fue creada desde hace casi 18 años, colectivos feministas y defensores de los derechos humanos han denunciado y evidenciado casos en donde los médicos se niegan a atender las peticiones de aborto legítimas de victimas de agresión sexual y otros servicios bajo criterios –y dogmas- propios que incluso contradicen lo estipulado en la norma federal. Hay sanciones hasta de suspenderles la cedula profesional, no solamente del trabajo sino también dependerá de la gravedad de la falta que se cometa en torno a la aplicación de la Norma 046. Por eso hoy formamos este comité de cumplimiento y vigilancia, para que esos casos sean atendidos, pero sobre todo la vigilancia será permanente en los hospitales de la Secretaría de Salud de Michoacán (SSM)”, manifestó el gobernador del estado. Apenas en octubre pasado, la asociación civil Humanas Sin Violencia denunció que en últimos meses han acompañado casi 10 casos en donde hospitales del sistema estatal de salud niegan atención a víctimas de violación bajo argumentos legaloides o de convicción personal. Hospitales, instituciones de salud y de protección a los derechos humanos han negado derechos a mujeres y menores de edad que fueron agredidas sexualmente en lo últimos años bajo argumentos que, a decir de las especialistas, incurren en actos de discriminación, re victimización y violencia Institucional. La Norma Oficial Mexicana (NOM-046-SSA2-2005) tiene por objeto establecer los criterios a observar en la detección, prevención, atención médica y la orientación que se proporciona a las y los usuarios de los servicios de salud en general y en particular a quienes se encuentren involucrados en situaciones de violencia. Fue aprobada en 2005 para sustituir a la NOM 190, que busca mejorar la regulación dentro del sector salud de la prevención y atención de la violencia familiar. Persisten denuncias En este 2022, uno de los casos más relevantes en cuanto a la violación a la Norma 046 ocurrió en marzo de este año en el Hospital General de Uruapan, adherido a la SSM, en donde se negó la atención médica obligada por ley a una adolescente que recién había sido agredida sexualmente en una comunidad indígena de la región. En ese contexto, asociaciones civiles acusaron a Karen Stefanni Yabra Puréco, abogada del hospital de Uruapan adscrito a la Secretaría de Salud de Michoacán, por condicionar la atención médica a la menor, quien finalmente terminó por retirarse del hospital sin recibir valoración médica. A 7 meses de los hechos, incluso se señala la intervención de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) como imprudente por “ponerse del lado de la institución”. A pesar de que el hospital reconoció su error y ofreció una disculpa, exigió que fuera en privado y no en público. A pesar de las constantes denuncias y de la creciente violencia contra la mujer, los criterios de médicos y personal de salud en cuanto a temas como la interrupción del embarazo en víctimas de agresión sexual se siguen imponiendo a nivel nacional, lo que ha sido denunciado por asociaciones civiles. Entre los derechos violentados, en este caso se destacó el principio de interés superior del menor; derecho a no ser discriminado por ser indígena; derecho a no ser violentadas; derecho humano a la salud; derecho a no ser expuesto, exhibido y respetar la confidencialidad de las víctimas. Al respecto, el gobernador de Michoacán aclaró que la conformación del nuevo mecanismo permitiría contener este tipo de acciones por parte del personal de salud y en caso de ser necesario, aplicar sanciones. “Debe de aplicarse, es una cuestión obligatoria, hacer una norma oficial y su complimiento obligatorio, por eso es la constitución de este comité el día de hoy porque es una de las demandas que tienen”, explicó.