Javier Favela / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. La 75 Legislatura declaró imprescriptible la acción penal para el delito de feminicidio en Michoacán, es decir, no hay límite de tiempo para perseguir y castigar tal conducta delictiva. Al hacer homologación con la legislación nacional, el Pleno camaral reformuló el tipo penal de feminicidio para vincular el asesinato de mujer a razones de género y no solamente a un listado de circunstancias. El sujeto activo perderá derechos sobre la víctima, incluidos los sucesorios, según el dictamen elaborado por las comisiones legislativas de Justicia y de Igualdad de Género. Acorde con los estándares internacionales, si la víctima está embarazada y pierde al bebé en gestación, adicionalmente el juez impondrá al agresor desde la mitad hasta las dos terceras partes de la pena correspondiente al delito penal consumado. Además, se contemplan sanciones a los servidores públicos que retarden o entorpezcan maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia en materia de feminicidio.