México, 10 Oct. (Notimex).- El Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia de Penal aclaró que el amparo que concedió al alcalde de Iguala, José Luis Abarca, no surte efecto para delitos considerados como graves. El Juzgado con sede en el Distrito Federal recordó que el 6 de octubre de 2014, Abarca promovió demanda de amparo contra actos de autoridades estatales, federales y jurisdiccionales, señalando como actos reclamados órdenes de localización y/o búsqueda, presentación, detención, arraigo, aprehensión y su ejecución. La autoridad jurisdiccional admitió la demanda a trámite y concedió la suspensión provisional cuyos efectos, exclusivamente, son para que el quejoso no sea privado de su libertad, con motivo de las órdenes reclamadas, hasta en tanto se resuelva en definitiva el amparo, subrayó. Sin embargo, insistió en que la medida a favor de Abarca, relacionado con la desaparición de 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, no surte efecto si las mencionadas órdenes reclamadas se refieren a delitos considerados como graves. El órgano jurisdiccional detalló que hasta el momento 17 de las autoridades señaladas como responsables han rendido los informes correspondientes negando la existencia de los actos reclamados por el quejoso. Las autoridades que han informado son 15 juzgados locales y federales del Estado de Guerrero y dos autoridades de la Procuraduría General de Justicia en el estado de Guerrero.