Morelia, Mich.- Con 29 votos a favor, el Congreso de Michoacán aprobó el Código de Justicia Especializada para Adolescentes del Estado de Michoacán que se elaboró por las comisiones de Justicia, así como de Seguridad Pública y Protección Civil. Con este Código de Justicia Especializada para los Adolescentes, el Poder Legislativo de Michoacán termina con la aprobación de varias leyes y códigos que comprenden para implementar el nuevo sistema de justicia penal en los juicios orales. El presidente de la comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado, Sebastián Naranjo, consideró a esta Legislatura como las más productivas en la “Historia de Michoacán”, y que con este código de justicia a adolescentes se garantiza normativamente el cumplimiento del sistema de justicia penal adversal. Comentó que se aprobaron leyes como extinción de dominio, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Michoacán, el Código de Procedimientos Penales, la ley de mediación y conciliación, además de también la ley estatal de víctimas del estado de Michoacán. La presidenta de la comisión de Justicia de la LXXII Legislatura, Selene Vázquez Alatorre, comentó que este nuevo código pretende perfeccionar algunos delitos de los menores que delinquen, “este es un ordenamiento que se nos mandata por el nuevo sistema de justicia penal, y estaría quedando pendiente un ordenamiento”, que es la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE). La legisladora independiente mencionó que los derechos de los menores de 18 años se están garantizando y podrán ser juzgados con previo delito que se haya cometido. “En caso de que un menor de siete años asesina a alguien no podrá purgar una pena en una cárcel para mayores. Lo que se trata es respetar los derechos humanos de los menores, fomentar la cultura de la readaptación social y de asumir que es un asunto de los padres en el proceso de readaptación. Bertín Cornejo Martínez, presidente de la comisión de Seguridad Pública, mencionó que dentro de las propuestas de esta nueva legislación se propone la circunstancia de pena de acuerdo a las edades, así como las personas comprendidas entre doce a catorce años no serán sujetos a pérdida de la libertad ambulatoria; de los 14 a los 16 años de la pena de privación de la libertad podrá ser de seis a cinco años. Y de 16 a 18 años de edad, hasta siete años. Comentó que se disminuyó la sanción penal corporal a los menores con este código. Cornejo dijo que antes la pena era de hasta 10 años de prisión y ahora será de siete años.