Agencias/La Voz de Michoacán. Colima.- Con el voto unánime de los integrantes de la 57 Legislatura local, fue derogado el delito de difamación en la entidad, al aprobar la eliminación de los artículos 218, 219 y 220 del Código Penal estatal. De acuerdo con el dictamen presentado en Sesión Ordinaria este día en el Congreso del Estado, uno de los motivos expuestos en la iniciativa es que el Tribunal Colegiado de Circuito con sede en esta ciudad, habría resuelto a favor de la inconstitucionalidad del referido delito. Hasta ahora, el artículo 218 del Código Penal local, establecía que deberían imponerse prisión de uno a tres años y multa de hasta 40 unidades, "a la persona que comunique un hecho cierto o falso que cause deshonra, descrédito, perjuicio o desprecio". En ese sentido, los legisladores locales tomaron en cuenta que la tipificación penal de la difamación, "es ineficaz para resarcir el daño causado". Lo anterior, debido a que "pone especial énfasis en la reclusión y descuida la indemnización a quien resulte afectado, además de que se encontraba en manos del Ministerio Público la posibilidad de determinar cuáles eran o no actos en los que se ejercía la libertad de expresión". Argumentaron también que la difamación ya no es considerada como delito en el Código Penal federal, así como en los de varias entidades federativas, "por lo que en esos lugares, un periodista no puede ser denunciado penalmente por quienes se sientan ofendidos por la publicación de escritos en su contra". Tras la aprobación del dictamen, la derogación del delito de difamación en el Código Penal estatal, entrará en vigor tan pronto sea publicado en el Periódico Oficial del Estado de Colima.