Por instrucción del Inai, la Secretaría de Salud deberá buscar y proporcionar a un particular las recomendaciones relacionadas con la negociación de precios de medicamentos para el sector salud en 2016. El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) revolvió lo anterior luego de que la dependencia argumentó la inexistencia de la lista de claves negociadas de medicamentos, así como la incompetencia declarada por el sujeto obligado. Recordó que el particular había requerido diversa información relacionada con las negociaciones para la compra de medicamentos; sin embargo, la dependencia no atendió dicha solicitud y se declaró la inexistencia de claves de medicamentos. El argumento era que dicha información se encontraba en proceso de negociación, además de que en su respuesta y alegatos, la Secretaría de Salud se limitó a invocar la incompetencia para atender la solicitud. Sin embargo, una vez interpuesto el recurso de revisión, en aras de la transparencia, la dependencia entregó al particular un listado de 218 claves negociadas de medicamentos, en los términos en que fue solicitado. Luego del análisis, la ponencia destacó que, en el caso de las negociaciones en curso con laboratorios, resulta aplicable el criterio 20-13 del IFAI, en el sentido de que es inexistente la información, por tratarse del resultado de procesos deliberativos no concluidos y sin decisión. La comisionada Ximena Puente de la Mora destacó la relevancia de esto último, al señalar que la intención es diferenciar entre aquella información que es resultado de procesos de negociaciones y la que sirve de base en los procesos deliberativos y afecte su conclusión. En la resolución se revisó la normatividad y fue posible establecer que el subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud de la Secretaría de Salud es el secretario técnico de la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y Otros Insumos. Por lo tanto, se concluyó que el sujeto obligado podría contar con la información solicitada, al tener bajo su resguardo lo relacionado con la referida comisión. Ante ello, el pleno del INAI modificó la respuesta del sujeto obligado y le pidió una búsqueda de la información, sin omitir la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud.