Pelotean el asunto de observaciones ASM

La Voz de Michoacán. Las últimas noticias, hoy.

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Sergio Lemus/La Voz de Michoacán
La Contraloría Interna del Congreso local cuenta con las facultades y atribuciones para haber procedido contra  los servidores públicos  de la Auditoría Superior de Michoacán (ASM) que cometieron responsabilidades al no fiscalizar o ser omisa  a la revisión de la  cuenta pública estatal 2011, informó el presidente de la comisión Inspectora, Juan Carlos Orihuela Tello, quien adelantó que propondrá regresar el estudio de la opinión técnico-jurídica del contralor para que él actué y finque  sanciones de presuntas responsabilidades.

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De acuerdo a un análisis jurídico, la comisión Inspectora no cuenta con facultades para aplicar las sanciones contra 10 funcionarios del órgano de fiscalización que presuntamente no  auditaron correctamente el gasto público del ejercicio del 2011.

En base al artículo 3 del propio reglamento interno de la Contraloría del Congreso local expone el argumento para regresar el informe: “La Contraloría es un órgano técnico adscrito a la Junta de Coordinación Política, que tiene a su cargo la fiscalización del ejercicio del presupuesto de egresos del Congreso, la recepción de declaraciones patrimoniales de los servidores públicos y la instauración de los procedimientos inherentes a las responsabilidades de los mismos, de conformidad a la Ley Orgánica y demás ordenamientos aplicables”.

Con lo anterior, el diputado local del PRI dijo que se retornaría el dictamen y debe ser la contraloría interna quien haga aplicar la ley y no la comisión inspectora que tome una determinación tajante del tema de remover funcionarios de la Auditoría.

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El legislador  precisó que el artículo tercero es muy claro  dentro del decreto legislativo 112 del dictamen de la cuenta pública 201, en el que se instruyó remitir todas y cada una de las constancias que integran  el expediente del Informe de Resultados de la Revisión, Fiscalización y Evaluación de la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal, correspondiente al ejercicio fiscal 2011, a la Contraloría Interna del Poder Legislativo local, así como a las comisiones de Gobernación,  Justicia y Puntos Constitucionales, para que conozcan del presente asunto, con la finalidad de que se revise en el ámbito de su competencia si existen responsabilidades por parte de algún servidor público de este Poder Legislativo, y en su caso procedan, con la determinación de responsabilidades y el financiamiento de sanciones correspondientes.

A lo anterior, expuso que no dice que será la comisión Inspectora que aplique sanciones o castigos por presuntas faltas a la ley de fiscalización y leyes que emanan de este proceso, por lo que la Contraloría cuenta con facultades legales para hacerlo. No coincidió con la decisión del presidente de la Mesa Directiva del Congreso en haberse turnado la opinión jurídico-técnica de la Contraloría a las comisiones Inspectora, así como a programación y presupuesto.

Cabe señalar que en este informe de resultados se detectaron por lo menos 23 observaciones contra la Auditoría al no haber fiscalizado correctamente las finanzas del último año de gobierno perredista y del exgobernador, Leonel Godoy Rangel.

Según el informe, precisa que se violaron los artículos 133 y 134 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán en sus principios de celeridad y de calidad en el servicio, toda vez que los argumentos    presentados por el órgano técnico no fueron suficientes ni válidos, puesto que se pretendió eludir una responsabilidad al señalar que “el citado informe debe concluir todo el proceso de fiscalización, que va desde la detección de irregularidades hasta el financiamiento de las responsabilidades, lo cual en la práctica es poco posible por los tiempos destinados a la fiscalización”, argumentó el contralor Yankel Benítez.

El órgano de control del Poder Legislativo estatal expone dentro de sus conclusiones de revisión al trabajo de auditoría del órgano técnico, que “éste último incumplió en no revelar ni proporcionar información adicional y suficiente que amplíe y dé significado a los datos contenidos en los reportes de los estados financieros”.

La Contraloría arguye que la información no ha sido la correcta, porque se incumple la Ley General de Contabilidad Gubernamental al precisar que la existencia de créditos bancarios se registran a corto y largo plazo, no como lo han registrado la pasada administración de endeudamientos a mediano plazo”.

Con lo anterior, los servidores públicos, que por disposición de estas normas, tienen la obligación de preparar información financiera y presentar al Congreso local de la cuenta pública de la Hacienda Estatal, por  lo tanto, “incurrieron en responsabilidades al presenta información incompleta e inexacta, y en concepto de esta contraloría interna, deben hacerse a acreedores a sanciones”.

 

    Citas

Juan Carlos Orihuela, presidente Inspectora, “Vamos a regresar la opinión técnico-jurídica de la Contraloría Interna a la Mesa Directiva y se vuelva a turnar al contralor para que finque las presuntas responsabilidades cometidas por servidores de la ASM”.

Recuadro

Argumentación de la Comisión Inspectora para regresar el  dictamen de la cuenta pública estatal 2011.

  • De acuerdo al artículo 3 del reglamento de la Contraloría Interna del Congreso local, entre sus obligaciones se encuentran el conocer de conductas de los servidores públicos del Congreso local, que puedan constituir responsabilidades administrativas, para instaurar el procedimiento correspondiente en términos de la ley.
  • Atender las quejas y denuncias que se presenten en términos de la Ley de Responsabilidades, sobre el desempeño de las actividades de los servidores públicos.
  • Según la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán en su artículo 113 precisa que para el control, revisión y fiscalización del ejercicio del presupuesto de egresos del Congreso, hay una contraloría interna dependiente de la Junta de Coordinación Política, cuyos funcionarios pertenecerán al Servicio Parlamentaria de Carrera.
  • Este órgano podrá recibir, realizar investigaciones, llevar a cabo auditorías y aplicar procedimientos inherentes a las responsabilidades de los servidores públicos del Congreso local.

Fuente: Ley Orgánica del Congreso local y reglamento de la Contraloría Legislativa.

Cifras

10 funcionarios de la ASM en la mira de la contraloría Interna del Congreso local

23 observaciones o hallazgos detectados por el contralor del Poder Legislativo local

13 meses del actual gobierno local y no hay responsables del presunto daño patrimonial