Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México por la cual se dejó sin efectos el registro de Isidro Pastor Medrano como candidato independiente a la gubernatura de esa entidad. Durante la sesión de este miércoles, la Sala Superior calificó como infundado el recurso promovido por Pastor Medrano, quien argumentó que el Tribunal mexiquense fue omiso en revisar de manera directa las 129 cajas que contienen las cédulas de respaldo ciudadano para su postulación. El TEPJF señaló que resultaba jurídicamente inviable que el tribunal mexiquense atendiera dicha solicitud, debido a que esa es competencia directa del Organismo Público Local Electoral, que sí cuenta con el personal especializado y los elementos técnicos para hacerlo. El 18 de abril el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) revocó la candidatura debido a que el instituto electoral local no verificó con exhaustividad el respaldo ciudadano del aspirante. Pese a lo anterior, el TEEM señaló que el instituto deberá emitir un nuevo fallo, previa revisión de las cédulas de apoyo, en un plazo de 12 días a partir del día siguiente a la notificación de dicha sentencia. Los magistrados electorales también resolvieron como infundada la pretensión de Pastor de que la Sala Superior adoptara medidas urgentes para garantizar su participación como candidato independiente en el periodo de campañas. Señalaron que "la candidatura independiente no se adquiere por la sola intención o manifestación unilateral del ciudadano que pretende ser registrado". Agregaron que para adquirir esa calidad y tener los derechos y deberes correspondientes se requiere del acto jurídico de la autoridad electoral por el que, previo a verificar los requisitos establecidos, se reconozca la posibilidad de participar como candidato independiente.