Oscar Mendoza/La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. Tras una semana de especulaciones e incertidumbre política, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la sentencia que emitieron los magistrados de la Sala Regional con sede en Toluca, por lo que los alcaldes electos en Nahuatzen, Charapan y Tingambato, rindieron protesta como nuevos presidentes municipales al frente de los Ayuntamientos de estos municipios donde finalmente no se realizarán elecciones extraordinaria. En sesión pública, los magistrados de la Sala Superior del máximo órgano jurisprudencial, Jenine Madeline Otálora Malassis, Felipe Fuentes Barrera, Indalfer Infante González, Felipe de la Mata Pizaña, Reyes Rodríguez Mondragón, Mónisa Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez, determinaron por unanimidad revocar las tres sentencias que emitió el pasado 24 de agosto la Sala Regional mismas que habían declarado la nulidad de las elecciones en los ayuntamientos de Charapan, Tingambato y Nahuatzen, Michoacán, y confirmaron la validez de la elecciones y la entrega de las constancias de mayoría respectivas. Y es que previo a la jornada electoral, el Instituto Nacional Electoral (INE), y los Consejos Distritales 07, con cabecera en Zacapu y 11 en Pátzcuaro, había determinado la dar de baja casillas electorales en los tres municipios; siendo cinco en Charapan, cinco en Tingambato y 12 en Nahuatzen debido a la inestabilidad social e inseguridad en la región purépecha. Por ello, los partidos políticos Morena y de la Revolución Democrática (PRD), así como sus candidatos, presentaron impugnaciones en contra de los resultados electorales de los municipios referidos, alegando que “la no instalación de las casillas, impactó en los resultados de la elección” al impedirse el derecho de un sector que vive en las comunidades en las que se debieron instalar las casillas que finalmente no se instalaron, a votar y lo cual influyó en los resultados. En ese sentido, dos de los tres magistrados de la Sala Regional Toluca, consideraron que en los tres casos, se cometió una “afectación grave, sustancial y determinante”, que contraviene los principios que rigen la organización de las elecciones y las posibilidades que debe revestir a la emisión del sufragio, por lo que determinó revocar las entregas de las constancias de mayoría y validez correspondientes, y ordenar que se convocara a elecciones extraordinarias en los tres municipios, lo cual puso tanto al INE como al Instituto Electoral de Michoacán (IEM), a trabajar para organizar en toco caso el proceso extra y contribuir a las pruebas para la siguiente instancia legal. Así, durante los últimos minutos del viernes y los primeros del sábado, la Sala Superior resolvió los recursos de reconsideración SUP-REC-1043/2018 y acumulados (Charapan), SUP-REC-1045/2018 y acumulados (Tingambato) y SUP-REC-1061/2018 (Nahuatzen), y donde se consideró que la decisión del INE sobre la no instalación de las casillas, no constituyó un acto ilícito o grave que generara la nulidad de la elección por lo que ya no será un proceso extraordinario ya que los acuerdos aprobados por los consejos distritales 07 y 11 del INE, para no instalar casillas en estos municipios, estuvieron justificados y tuvieron su razón social a fin de no generar conflicto.