Refuerza Papa Francisco leyes contra abusos a menores en Vaticano

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Notimex / La Voz de Michoacán
Ciudad del Vaticano, 11 Jul.- El Vaticano difundió hoy varias nuevas leyes penales internas aprobadas por el Papa Francisco, una de las cuales introdujo sanciones específicas a delitos como el abuso contra menores.

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La sala de prensa de la Santa Sede dio a conocer el contenido de un decreto (motu proprio) del pontífice y de tres leyes -la VIII, la IX y la X- que modificaron gran parte del sistema jurídico civil vigente en el "Estado más pequeño del mundo".

Entre otras cosas las nuevas normativas definieron varias categorías de delitos contra los menores: venta, prostitución, enrolamiento, la violencia sexual, la pornografía infantil, la posesión de material pornográfico con menores y los actos sexuales con menores.

Además los documentos probados incluyeron otras innovaciones como la tipificación de delitos de lesa humanidad como el genocidio, el apartheid y la tortura.

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Se determinó también abolir la sanción de la cadena perpetua, que fue sustituida por la pena de 30 a 35 años de reclusión.

Las innovaciones fueron introducidas en los códigos penal y de procedimientos penales vigente en El Vaticano desde el 8 de junio de 1929, fecha oficial de fundación del Estado pontificio tras la ratificación de los Tratados de Letrán, firmados con Italia.

Se trata del Código Zanardelli, que data de 1899 y del Finocchiaro Aprile, de 1913. Esos códigos fueron redactados por juristas italianos y fueron en su momento adoptados por El Vaticano.

Giuseppe Dalla Torre, presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano, explicó que la reforma a estos documentos busca actualizar diversas tipologías de delito que anteriormente eran muy genéricas o simplemente no eran tomadas en cuenta por la ley.

De hecho se incluyó, en la reforma, el delito de divulgación de noticias y documentos cubiertas por el secreto profesional.

Pero la reforma consideró una larga lista de delitos, entre los cuales destaca la reducción a la esclavitud, el secuestro, la obstrucción a la justicia, la asociación criminal y la compra de objetos robados.

Gracias al decreto firmado por el Papa Francisco, la persecución de estos delitos podrá incluir no sólo a las personas que lo cometen dentro del Vaticano sino a todos aquellos cuya actividad esté vinculado a la Santa Sede y a todas sus entidades.

La tipificación de estos delitos y las sanciones correspondientes tienen un valor civil relacionado sólo con el Estado de la Ciudad del Vaticano, y no tienen que ver con el derecho canónico, de tipo eclesiástico u que rige en la Iglesia católica universal.