Agencias / La Voz de Michoacán Ciudad de México. El aguinaldo es un derecho que tienen los trabajadores, está previsto en la Ley Laboral de Trabajo desde 1970 y equivale mínimo a 15 días de salario, si es que trabajaste todo el año, o el equivalente por los días trabajados. En 2018, la fecha límite para que se pague es el 20 de diciembre. Los trabajadores eventuales también deberían recibir este beneficio, pues existe una relación de trabajo o algún tipo de contrato. Por su parte, los empleadores deben pagarlo en efectivo o por medio electrónico, y no por algún sustituto, como vales o algún tipo de mercancía. Sin embargo, cuando existe un incumplimiento, ya sea de en el monto o en el límite de entrega, los trabajadores están amparados por la Ley Federal de Trabajo. De acuerdo al artículo 1002 de dicha Ley, la sanción equivale a de 50 a 5 mil veces el valor de las Unidades de medida y Actualización, es decir, esta multa sería aproximadamente desde 4 mil hasta 400 mil pesos. Debes saber que no importa si la empresa o el patrón está pasando por problemas financieros, este es un derecho que te pertenece y no debe ser una razón para no dártelo. La instancia de gobierno a la cual puedes acudir si no hicieron tu pago de aguinaldo o lo hicieron extemporáneo, es la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Esta instancia esperará reclamos referentes al aguinaldo desde el 21 de diciembre y está disponible para aclaraciones y orientación.