Corte acepta trámite contra Ley de Seguridad Interior

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Foto: Agencias. La Suprema Corte admitió el trámite contra la ley de seguridad interior, interpuesto por diputados.

Notimex/ La Voz de Michoacán

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovieron 188 diputados federales sobre la Ley de Seguridad Interior, la cual fue turnada para su análisis y proyecto al ministro Jorge Pardo Rebolledo.

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Es de recordar que también la Comisión Nacional de Derechos Humanos analiza esta ley.

De acuerdo con las listas, el ministro pidió notificar al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores, en su caso a través de la Comisión Permanente, para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles.

Ese plazo contará a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación del acuerdo.

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También requirió al Congreso de la Unión para que por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores y de quien legalmente las representan al rendir su informe envíen al alto tribunal copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada.

Deberá incluir la iniciativa, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que consten las votaciones de los integrantes de ese órgano legislativo, así como los respectivos Diarios de Debates.

Además requirió al Poder Ejecutivo Federal para que en el mismo plazo indicado envíe a este alto tribunal un ejemplar del Diario Oficial de la Federación en el que se publicó el decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Interior.

Se apercibe a las autoridades requeridas que, de no cumplir con lo ordenado, se les aplicará una multa.

Se requiere a las citadas autoridades que, al presentar su informe, señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, y de no hacerlo se les hará por lista hasta en tanto cumplan con lo indicado.

También solicita dar vista a la Procuraduría General de la República (PGR) para que antes del cierre de instrucción formule el pedimento que le corresponde.

Es de recordar que ya se había admitido una controversia interpuesta por el municipio de San Pedro Cholula, Puebla.