Arved Alcántara Morelia, Michoacán. La flagrancia de un improvisado centro canino de Zinapécuaro, mantuvo a más de una treintena de canes en tan malas condiciones que algunos de ellos tuvieron que recurrir a comerse a los miembros más débiles y muertos del grupo para sobrevivir; tras distintas denuncias en redes sociales, la Fiscalía General del Estado inició carpeta de investigación con relación a posibles hechos constitutivos del delito de maltrato animal. Un proyecto mal ejecutado del Ayuntamiento de Zinapécuaro dejó al menos 20 perros de la calle muertos de deshidratación, hambre e incluso víctimas de canibalismo de otros canes para poder sobrevivir. Denuncias de organizaciones animalistas revelaron para esta casa editorial que, desde hace semanas, se empezaron a acumular a más de 30 perros callejeros, en la plaza de toros del municipio, dados estos hechos la agencia del Ministerio Público inició Carpeta de Investigación y llevó a cabo una inspección en el lugar con el apoyo de un perito criminalista y una médico-veterinaria. Fue como parte de un programa municipal que camionetas oficiales de esta demarcación iniciaron con el levantamiento de decenas de perros con el argumento de que se habrían convertido en una plaga que afectaba a la salud pública. “Sin pies ni cabeza”, el programa del municipio terminó por dejar sin alimentos, agua e incluso atención a las decenas de perros que quedaron su suerte. Pese a la presión de organizaciones de protección animal asentadas en el municipio, los encargados de esta área en Zinapécuaro hicieron caso omiso. Las imágenes son de una completa masacre. Los perros que murieron de hambre fueron devorados por otros animales y los restos putrefactos esparcidos por todos lados. Las heces fecales y los orines hicieron insoportable el olor para quienes llegaron a rescatar a los pocos perros que quedaron con vida. Daniel, integrante de una asociación de Protección Animal, que surgió a raíz de este problema, denunció para La Voz de Michoacán que, pese al llamado de la población, el Ayuntamiento continuó acumulando perros en este reducido espacio, donde nunca vieron por los animales. Ley de Protección Animal, letra muerta En este sentido, vale la pena destacar que Ley Estatal de Derechos y Protección Animal del Estado de Michoacán de Ocampo, oficializada y publicada el pasado 2 de abril de 2018, condena como elemento de sanción, en su artículo 66, fracción IX, que queda prohibido “el abandono de animales no humanos dentro de bienes muebles e inmuebles sin la custodia o condiciones adecuadas de acuerdo con su especie” Es de recordar que la mencionada ley, en su artículo 7, fracciones II y III, capacita y obliga a la Secretaría de Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Territorial (Semaccdet) a procurar la protección de los animales y a denunciar ante la autoridad competente el incumplimiento de las disposiciones plasmadas en la normativa. El caso de Zinapécuaro es un catálogo de incumplimientos a la norma y el no seguimiento de los protocolos dispuestos en la misma, partiendo desde las atribuciones del Ayuntamiento. Han sido únicamente los activistas de Zinapécuaro y de Morelia quienes han denunciado de manera pública y en redes sociales lo que consideraron un caso del delito de maltrato animal. Al respecto, en entrevista pasada, el titular de la Semaccdet, Ricardo Luna García, había criticado la misma ley al considerarla obsoleta y con atribuciones que no deberían corresponderle a la secretaría que representa. “Es una ley desfasada, no se puede hablar de proteger a los animales en un artículo y en otro decir que se exceptúa otro animal, y con todo respeto. Una ley tiene que tener un mandato general y tiene que ser para todas las especies. No se pueden exceptuar, tenemos observaciones, hay muchas atribuciones que se nos dan y que corresponden a la Federación. Hay criterios que no aplican, está muy desfasada”, señaló el funcionario estatal. De acuerdo con Ricardo Luna, “la ley se remite a otras leyes, normas oficiales y reglamentos en la materia, los cuales además carecen de normatividad y armonización con leyes locales”. Es de subrayar también que el artículo 311 del Código Penal de Michoacán establece: “Comete delito de maltrato animal quien, en el trato doméstico o laboral cotidiano, realice actos abusivos o negligentes u omisiones que menoscaben la integridad física de cualquier animal que no constituya una plaga o peligro para la salud o vida humana, se le impondrán de seis años a u año de prisión y de 20 a 200 días de salario mínimo general vigente”.