Redacción / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. La Septuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, a través de la Comisión de Educación y en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Legislativo 124 de fecha 09 de abril de 2013 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional de Michoacán de Ocampo convoca a la sociedad en general y a las instituciones académicas y educativas a realizar propuestas de aquellos docentes y de instituciones educativas, que se hayan distinguido por su labor magisterial y vocación de servicio, eficiencia, sus valores morales y éticos en cualquier nivel educativo. Así como de instituciones educativas del Estado que se hayan distinguido por su labor educativa, científica, impulso a la cultura, el deporte y actividades recreativas, además de la vinculación con su entorno social y sectores educativos y su buen funcionamiento administrativo e institucional, que sean merecedores a la: Medalla Michoacán al Mérito Docente. Con el objeto de reconocer a los docentes e instituciones académicas y educativas del Estado que se hayan destacado por su contribución eminente en el ámbito educativo. Se desarrollará bajo las siguientes bases: En el caso de los docentes se deberá acreditar lo siguiente: I. Que el docente propuesto preste sus servicios en el Estado de Michoacán; II. Nombre o razón social y domicilio de quien hace la propuesta; III. Nombre, lugar de nacimiento, edad, estado civil y nivel educativo en que participa el docente propuesto; IV. Constancia de servicio, así como documental que acredite su antigüedad; V. Constancia de grado de escolaridad con la que cuente el docente; VI. Descripción de la labor educativa realizada y su vinculación con los sectores sociales, proporcionada en medio magnético; y, VII. Diplomas, reconocimientos, constancias, entre otros. En el caso de las instituciones educativas se deberá acreditar lo siguiente: I. Que la institución educativa propuesta preste sus servicios en el Estado de Michoacán; II. Nombre o razón social y domicilio de quien haga la propuesta; III. Nombre, domicilio, tipo, nivel y modalidad de la institución que participa; IV. Clave de registro ante la Secretaría de Educación Pública (SEP); V. Descripción de la labor educativa, científica, cultural, deportiva, de su vinculación con los sectores de la educación, entre otros, proporcionada en medio magnético; VI. Constancia de antigüedad y servicio; y, VII. Diplomas, reconocimientos, constancias, entre otros. Para ambos casos, se deberá facilitar la documentación comprobatoria de los requisitos y datos señalados en las bases. La Comisión de Educación del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, analizará las propuestas hechas y se elegirá al docente o institución educativa que consideren merecedor de la “Medalla Michoacán al Mérito Docente” en el nivel educativo que fuese, lo cual deberá ser aprobado por el Pleno de esta Soberanía. DISPOSICIONES GENERALES A partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo y diarios de mayor circulación en el Estado, y hasta el 22 de Abril del 2019; podrán hacerse las propuestas de los docentes e instituciones educativas distinguidas que se consideren merecedores de la “Medalla Michoacán al Mérito Docente”. Las propuestas deberán entregarse debidamente requisitadas en la Secretaría de Servicios Parlamentarios, del H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, ubicada en el Palacio del Poder Legislativo, en Av. Madero Oriente No. 97, Col. Centro; en un horario de 9:00 a 15:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas de lunes a viernes. Una vez vencido el plazo, se analizarán las propuestas y la Comisión de Educación elaborará el Dictamen correspondiente para ser aprobado por el Pleno, y emitir el Acuerdo correspondiente. El Presidente de la Mesa Directiva y la Comisión de Educación, harán la entrega de la “Medalla Michoacán al Mérito Docente” en un Acto Solemne del Congreso del Estado previo al 15 de mayo del presente año, en el Salón de Recepciones José María Morelos y Pavón del Palacio del Poder Legislativo del Honorable Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo. Lo no previsto en esta convocatoria será determinado por la Comisión de Educación y las decisiones y fallos de la misma serán inapelables. SEGUNDO. Publíquese la presente convocatoria los días 18, 19 y 20 de Marzo del presente año en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, en los medios impresos de mayor circulación en el Estado, en la página oficial e instalaciones del Congreso del Estado de Michoacán y en los principales portales web de noticias de la entidad, a efectos de su difusión. TERCERO. La recepción de propuestas y documentos de los candidatos, se recibirán a partir del 21 de Marzo hasta el 22 de abril del año en curso. Palacio del Poder Legislativo, Morelia, Michoacán de Ocampo, a los 14 catorce días del mes de marzo de 2019 dos mil diecinueve.