Redacción/La Voz de Michacán Morelia, Michoacán. Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán aprobó la convocatoria para la creación del observatorio ciudadano de este órgano jurisdiccional local durante la sesión pública realizada este jueves. En otro punto del orden del día, con cuatro votos en contra y uno a favor, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán decidió no aprobar reformas al reglamento interno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, iniciativa que adiciona una fracción al artículo sexto para establecer la competencia de opiniones consultivas, investigar las violación es graves a los derechos políticos-electorales y rendir informes generales o especiales sobre la materia; además de incluir un artículo cuarto y un capítulo relativo a la Defensoría Pública del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, en el reglamento interno de este tribunal, que presenta el Magistrado Presidente Omero Valdovinos Mercado. Al respecto los Magistrados Ignacio Hurtado Gómez, José René Olivos Campos y Salvador Alejandro Pérez Contreras se manifestaron en contra de dichas reformas del reglamento interno del TEEM presentadas, porque a quien compete ese tema es al Congreso de Michoacán, como en el caso del tema de la creación de la Defensoría Publica ya que el grupo parlamentario de Morena ya cuenta con una iniciativa al respecto y sería el propio Poder Legislativo, institución que debe definir las competencias de este Tribunal Electoral local. Hurtado Gómez propuso presentar la propuesta a los legisladores y legisladoras para que se analice y ellos tomen la decisión. En su intervención, el Magistrado Omero Valdovinos Mercado defendió su propuesta de reforma al reglamento interno con respecto a la Defensoría Pública en materia político-electoral para garantizar a la ciudadanía la tutela judicial efectiva, el acceso a los tribunales bajo una asesoría de calidad otorgada por el Estado, de conformidad con los numerales 11 y 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 8 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y su protocolo adicional; lo anterior, en virtud del principio de progresividad contemplado en el artículo primero de nuestra Carta Magna, para maximizar la prerrogativa de acceso a la justicia. Además, puntualizó que los grupos vulnerables o personas en marginalidad, así como cualquier ciudadano, tenga la posibilidad de contar con un defensor capacitado en la materia, para la protección de sus prerrogativas ciudadanas. Al respecto, la Magistrada y los Magistrados disidentes, se manifestaron a favor de la defensoría pública en materia político-electoral por las razones expuestas por el propio presidente, sin embargo, reiteraron que esa era facultad del Congreso local el legislar en ese sentido y por ello propusieron que dicho proyecto se remita a la actual legislatura para lo que estime procedente. Por otra parte, el Pleno por unanimidad aprobó el incumplimiento de la sentencia relativa a la comunidad de Nahuatzen.