Maricruz Rios / La Voz de Michoacán Michoacán. El marco legal en México contempla excepciones en los pagos de impuestos en situaciones de catástrofe, pandemia o que pongan en peligro la viabilidad del desarrollo económico en una determinada región o en la generalidad del país. Así lo destacó Javier Eliott Olmedo Castillo, presidente de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales (ANEFAC) en Michoacán, quien destacó que el Código Fiscal de la Federación establece de forma muy puntual las situaciones bajo los que se debe considerar la suspensión o diferimiento de las obligaciones tributarias, tanto a personas morales como físicas. En este sentido, hizo hincapié en que la decisión del presidente Andrés Manuel López Obrador de no ofrecer facilidades fiscales en medio de la mayor crisis económica y sanitaria de la historia reciente de México obedece a una idea personal, y no a la falta de mecanismos debidamente establecidos en la normativa vigente. Foto: Samuel Herrera Jr. El artículo 39 del Código Fiscal de la Federación cita textualmente: “Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias”. Además, en su artículo 73 refiere: “No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito”. Sin embargo, el presidente de la República Mexicana ha indicado en reiteradas ocasiones que el Estado no optará por un plan de desarrollo en que se cuente con beneficios fiscales para con el sector empresarial. Por su parte, el residente de la Academia Mexicana del Derecho del Trabajo y Previsión Social, Sergio Carmelo Domínguez Mota, comentó que actualmente el país está encarando un problemática sanitaria y socioeconómica por la contingencia que está generando el COVID-19, “situación que además es compleja por las decisiones que se han tomado al interior de la nación para mitigar los posibles daños económicos, que pueden desencadenar también problemas sociales”. Principalmente estas medidas impactan en el sector empresarial, que está con incertidumbre, misma “que se transmite a sus trabajadores, porque realmente el Gobierno Federal ha sido poco claro con relación a las medidas”. La problemática radica en que las empresas tienen que trabajar para poder generar ingresos, los cuales tienen que ser destinados al pago de los salarios, gastos fijos, a proveedores e impuestos. Foto: Twitter. Ante ello, explicó que a pesar de que México actualmente está en una etapa de “contingencia sanitaria”, el Gobierno Federal ha dictado que sólo es una “emergencia”. La razón se debe a que con la contingencia las empresas sólo deben pagar un salario mínimo a sus trabajadores, y con la emergencia, que no contempla medidas excepcionales en lo laboral, intenta obligar a las empresas a mantener los salarios completos (y hasta medidas fiscales) a pesar de no estar siendo productivas o disminuir notablemente sus ingresos por restricción de la misma Federación. Sergio Carmelo Domínguez destacó que existe una manera legal para que las empresas rescindan de las obligaciones por la emergencia sanitaria, aunque esto significa llevar el caso a las oficinas de conciliación y arbitraje. Finalmente, ambos especialistas comentaron que es importante ver cómo se desarrolla el escenario de la pandemia, esperando a que las decisiones del Ejecutivo Federal se acoplen a las necesidades reales de la sociedad en general, incluyendo las empresas, aunque el presidente sistemáticamente se ha negado a ello