El Universal / La Voz de Michoacán Ciudad de México. En un escenario de aumento de muertes de connacionales en el exterior víctimas de COVID-19, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) presentó la guía para el traslado de restos o cenizas de connacionales que fallecen en el extranjero, en que se detallan los procedimientos a seguir para hacer posible el retornos al país. En la guía se establece que el gobierno mexicano financiará servicios básicos de traslado y embalsamamiento o cremación, siempre que los familiares beneficiarios del apoyo comprueben la imposibilidad financiera para absorber los costos; los apoyos se entregan a las empresas prestadoras de servicios y en ningún caso se cubrirán gastos ceremoniales ni suntuosos. En el caso de mexicanos en el exterior que fallezcan por COVID-19 -cuyo número ascendía, hasta el pasado viernes 24, a 529 muertos fallecidos por esa enfermedad, sólo en Estados Unidos-, la Cancillería expuso que es posible que las autoridades del país donde ocurrió el deceso dispongan medidas especiales para el manejo y liberación del cuerpo, y éstas deberán acatarse. El gobierno de México, mediante la Secretaría de Salud, ha señalado que la disposición final del cadáver debe ser preferiblemente mediante cremación puesto que las cenizas representan un menor riesgo en términos sanitarios y también un costo financiero menor. Sin embargo, en caso de que la familia opte por la inhumación en México, la funeraria en el país donde ocurrió el deceso debe cumplir con los lineamientos de manejo general y masivo de cadáveres por COVID-19 en México, se precisa en la guía. Pero se reconocen situaciones particulares como las que se viven en países de mayoría musulmana, en los que no se permite la cremación ni traslado de restos, por lo que los cuerpos deben ser inhumados inmediatamente en el lugar donde fallecieron. En todos los casos, la SRE recomienda que los familiares o la funeraria que trasladará el cuerpo o cenizas desde el extranjero verifiquen que la funeraria que a su vez dispondrá de los restos en México cuente con las medidas sanitarias para su debido manejo. Además, en el caso de que la transportación sea por vía aérea, deberá asegurarse previamente que la aerolínea permita el traslado de restos o cenizas de personas fallecidas por COVID-19, y que el gobierno estatal al que se pretenda trasladar los restos permita la inhumación del cuerpo, ya que algunos han dispuesto que únicamente reciban cenizas. La guía fue emitida con el objetivo de brindar orientación y asistencia consular a las familias de los connacionales que fallecen en el exterior, y busca resolver dudas "para facilitar el difícil proceso que atraviesan los familiares ante el deceso de un ser querido", y es de particular utilidad en el contexto de la actual pandemia mundial por COVID-19. La SRE recomendó que en caso de presentarse el desafortunado deceso de un connacional en el extranjero, los familiares de la persona fallecida que no residan en el exterior deberán acudir primero a alguna de las delegaciones de la dependencia en territorio nacional. Pero ahora, por la pandemia, ponerse en contacto vía electrónica, ya que por el momento las delegaciones de la SRE se encuentran cerradas por respeto a las medidas sanitarias tomadas a causa del coronavirus, así que antes de acudir se pide enviar un correo electrónico a la dirección dgpmexterior@sre.gob.mx.