Despenalización de la marihuana: desde los amparos de la SCJN hasta la aprobación en el Senado

La autorización para el uso lúdico o recreativo del Cannabis está a un paso de concretarse; los senadores ya lo aprobaron en lo general, la Cámara Baja tiene la última palabra.

Foto: EFE.

Redacción / La Voz de Michoacán

Ciudad de México. Hasta 28 gramos de marihuana, equivalente a una cajetilla de 28 cigarrillos; posesión de 6 a 8 plantas de la yerba en casa sin penalización, fue lo aprobado en el Senado de la República este miércoles 19 de noviembre, y aunque falta que se ratifique en la Cámara de Diputados, ha sido un hecho histórico tras años de intentos y resoluciones parciales para autorizar su uso lúdico.

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Con 82 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones, los senadores aprobaron en lo general el uso lúdico cannabis psicoactivo a personas mayores de 18 años.

Ayer, el debate se prolongó durante cinco horas, pero pasaron por lo menos cuatro años desde que se dieron pasos concretos que allanaron el camino para alcanzar el objetivo de permitir el uso recreativo.

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EL PARTEAGUAS EN EL MÁXIMO TRIBUNAL

En 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) marcó un precedente histórico al conceder el primer amparo para el consumo lúdico de la marihuana a favor de cuatro integrantes de SMART, organización dedicada al litigio estratégico.

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En ese entonces, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea estableció que la prohibición absoluta para el consumo lúdico de la marihuana atenta contra el libre desarrollo de la personalidad.

Entre los argumentos del histórico fallo destacan que prohibir el consumo recreativo del cannabis no es la estrategia idónea para atender el problema de drogadicción como política de salud pública ni abona a la lucha contra el narcotráfico.


El ministro comparó que el daño a la salud por el consumo de marihuana es menor o similar al alcohol o el tabaco, sustancias que no están prohibidas.

Además, puntualizó que la Constitución federal no impone un ideal de excelencia humana, sino que permite que cada individuo elija su propio plan de vida y adopte el modelo de virtud personal que considere válido, mientras no afecte a terceros.

Dos años después se replicó el fallo del Máximo Tribunal, ahora a cargo del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, al concederle un amparo Ulrich Richter Morales para cultivar y consumir su propia marihuana sin fines comerciales, solo “lúdicos y recreativos” siempre y cuando no afecte a terceros con el ejercicio de su derecho.

Un tercer amparo fue obtenido por el excandidato presidencial Armando Ríos Piter en 2018, con el cual además logró que la Cofepris le extendiera permiso para adquirir la semilla.

El fallo lo realizó el ministro José Ramón Cossío Díaz, al considerar que la institución sanitaria reguladora cuenta con herramientas legales para autorizar la adquisición de la semilla del cannabis.

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UN GRAN PASO MÁS

En abril de 2017 los diputados avanzaron en destrabar la prohibición, al aprobar el uso medicinal del cannabis para uso medicinal, personal y comercial. Los medicamentos deberían contener menos del uno por ciento de THC.

Sin embargo, fue hasta   el 6 de noviembre de 2018 que en la gaceta fue publicada la iniciativa de ley presentada por la entonces senadora Olga Sánchez Cordero y que la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) publicó los lineamientos para el control y consumo de la marihuana con fines médicos, científicos o industriales.nbsp;

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LA INICIATIVA DE MORENA

Una vez aprobado el uso medicinal de la marihuana, faltaba la legalización para fines recreativos o lúdico, y en octubre de 2019, los morenistas Luis Fernando Salazar e Hirepan Maya pusieron el tema sobre la mesa.

Su iniciativa se sumaba a las 40 ya existentes previas, en las que propusieron regular el uso lúdico y medicinal, además de que plantearon un beneficio para el Estado de 18 mil millones de pesos por recaudación.

Salazar y Maya defendieron que su propuesta permitiría al Estado recibir ingresos por los impuestos de compra y venta de la yerba mediante mecanismos de regulación de mercado, estableciendo límites y reglas claras, como definir puntos de venta, cuidar la calidad del producto y la vigilancia de la publicidad, a ejemplo de lo que ocurre con el alcohol o el tabaco.

También propusieron reformas al Código Penal Federal para endurecer sanciones para quienes distribuyan drogas a niños, adolescentes y jóvenes.

En concreto, pretendían que a partir del factor precio se desincentivara el consumo en la población más joven, además de reformar la ley de importaciones, de impuestos generales de importación y exportación para modificar las fracciones arancelarias que prohibían la entrada y salida de cannabis del país.

El 4 de marzo del presente año, con 26 votos a favor, siete en contra y seis abstenciones, el Senado de la República aprobó en lo general el dictamen que regula el uso lúdico y medicinal de la marihuana en el país.

El dictamen establecía la regulación personal, lúdica, farmacéutica, médica, cosmetológica de investigación en el uso de cannabis. En el anteproyecto también se incluía el garantizar el acceso a pacientes con enfermedades de difícil tratamiento a fin de mejorar su bienestar.

También incluía, como se aprobó ahora, el permiso para que cada persona pudiera tener en su domicilio hasta 6 plantas de marihuana. Y para combatir los índices de inseguridad, delincuencia y narcotráfico, sugerían que se diera prioridad en la expedición de licencias para el consumo a las comunidades con más afectaciones de índices delictivos y relacionadas con la marihuana.

Sin embargo, la falta de consenso y la pandemia que estalló a causa del virus SARS-CoV-2, aplazaron el debate.

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DATOS CLAVE SOBRE LO APROBADO

El dictamen aprobado este miércoles por el Senado sobre la Ley Federal para la Regulación del Cannabis consta de 64 artículos y 16 transitorios.

  • • Contempla la creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, órgano independiente de la Secretaría de Salud.
  • • Se permite el consumo en personas mayores de 18 años, siempre y cuando no haya menores de edad presentes, pero está prohibido en áreas de trabajo, públicas o privadas.
  • • Se expedirán licencias para el cultivo, producción, distribución y venta de marihuana, y a ejemplo de las advertencias en otras sustancias como el alcohol y el tabaco, se proporcionará información sobre las consecuencias y efectos perjudiciales por su consumo.
  • • La Ley General de Salud regirá el consumo para fines médico, farmacéutico o paliativo.
  • • También estipula sanciones administrativas o multas para quien sobrepase la dosis: de 201 gramos a 28 kilos, se le considera posesión para narcomenudeo, y de 28 kilos en adelante, narcotráfico.

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