EFE / La Voz de Michoacán Ciudad de México. El Tribunal Electoral de México confirmó este martes el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) relacionado con la asignación de espacios de representación proporcional en la Cámara de Diputados, para evitar prácticas que pretendan evadir límites constitucionales de sobrerrepresentación de los partidos. El Tribunal indicó que los magistrados determinaron además que, tras las elecciones del 6 de junio, la Cámara de Diputados informe al Tribunal y al INE, “si en la configuración de las fracciones parlamentarias se respetaron los límites de sobrerrepresentación”. En una sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia a distancia, el Tribunal determinó como “infundados e inoperantes” los alegatos de los Partidos Encuentro Solidario (PES), Acción Nacional (PAN) y Movimiento Regeneración Nacional (Morena) contra la inclusión de la figura de "afiliación efectiva". Dicha medida es para los partidos que contiendan en alianza o coalición con otro, con la que se busca que quienes sean postulados por un partido político acrediten su militancia en éste y que no haya "préstamo" de candidatos de un partido mayoritario a uno minoritario. Ya que las determinaciones de la autoridad electoral "solamente buscan garantizar un límite a la sobrerrepresentación" en la Cámara de Diputados. En la sentencia se recordó el diseño normativo constitucional que establece que en "ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de la votación nacional emitida". El Tribunal estimó que la determinación del INE "no vulnera los derechos político-electorales de los candidatos, además de que el acuerdo no fue emitido de manera extemporánea", como argumentaban los partidos quejosos. Además, dijo que "no modifica ni transgrede" alguna situación que afecte a las coaliciones o los partidos, pues "sólo busca salvaguardar la pluralidad legislativa y no supeditarla a acuerdos previos por parte de los partidos". TRIBUNAL APOYA AL INE En su decisión, los magistrados consideraron que el INE "no se extralimitó en sus funciones" como se acusaba en la impugnación, pues el acuerdo "no impacta en las candidaturas ganadoras" y tampoco limita la posibilidad de que un partido político postule a un candidato de otro partido, sino que solamente establece límites y parámetros para evitar elusión de límites de sobrerrepresentación. A finales de marzo, Morena, partido del presidente Andrés Manuel López Obrador, presentó una impugnación ante el Tribunal Electoral contra de la disposición para regular la "sobrerrepresentación emitida por el INE. Morena, que tiene la mayoría en la Cámara de Diputados, dijo que es la disposición del INE buscaba "obstaculizar de manera ilegal a Morena y evitar que conserve la mayoría en el Congreso durante la próxima legislatura", en beneficio de los partidos opositores. El próximo 6 de junio, 94 millones de mexicanos pueden acudir a las urnas para elegir a los 500 diputados federales, 15 de 32 gobernadores estatales, 30 congresos locales y 1.900 ayuntamientos, en lo que se consideran las elecciones más grandes del país.