¿Tienes mil 250 semanas cotizadas, no cumples 60, pero quieres pensionarte? Aquí te decimos cómo

El monto de tu pensión está determinado por las aportaciones que hiciste al IMSS o al ISSSTE mientras estuviste activo laboralmente, y que dependerá también al régimen al que estás inscrito si perteneces al IMSS (LSS 73 o LSS 97).

Redacción / La Voz de Michoacán

Michoacán.- ¿Eres asegurado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tienes cotizaciones posteriores al 1 de julio de 1997, al menos 1,250 semanas de cotización y aún no tienes 60 años? Puedes obtener pensión de retiro, siempre y cuando la pensión que se te calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en más del 30% de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para tus beneficiarios.

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El monto de tu pensión está determinado por las aportaciones que hiciste al IMSS o al ISSSTE mientras estuviste activo laboralmente, y que dependerá también al régimen al que estás inscrito si perteneces al IMSS (LSS 73 o LSS 97).

DOCUMENTOS NECESARIOS

Documento requerido Presentación
Solicitud de pensión. Será llenada por el
personal IMSS y se entregará para tu firma
Original
Identificación oficial vigente Original y Copia
Cualquier documento o medio de identificación
emitido por el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional
de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)
o una Administradora de Fondos para el Retiro
(AFORE), que contenga el Número de Seguridad
Social (NSS) y el nombre del asegurado
Original y Copia
Comprobante de domicilio Original y Copia
Clave Única de Registro de Población (CURP) Original y Copia
Estado de cuenta de la Cuenta Individual Original y Copia
Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
con homoclave
Original y Copia
Documento en el cual se identifique el
número de cuenta y Clave Bancaria
Estandarizada, a favor del solicitante
para recibir el pago de la pensión
Original y Copia
Copia certificada del Acta de Nacimiento,
Acta de Adopción o Reconocimiento*
Original

¿CÓMO REALIZARLO?

Presencial: Acude a la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 08:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación. 

Foto: Pixabay.

PENSIÓN IMSS Ley 1973

Para las modalidades de pensión por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez por la ley del 73, los requisitos chécalos aquí:

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Tener 60 años (por cesantía) o 65 años (por vejez) cumplidos a la fecha de la solicitud de tu pensión
Cumplir con al menos 500 semanas de cotización
Quedar privado de un trabajo remunerado, es decir, haber dejado de cotizar para el IMSS

Si cumples con estos requisitos, acude a tu Afore para comenzar a tramitar tu pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, quien ahora será la encargada de realizar el trámite a través del servicio de Ventanilla Única, y será la responsable de orientarte, corregir tus datos si se requiere, integrar tu expediente y darte un número de Folio para que acudas al IMSS con la siguiente documentación:

Identificación oficial vigente con fotografía y firma
Documento que contenga tu número de seguridad social expedido por el IMSS, Infonavit o tu Afore
Original o copia certificada de acta de nacimiento
Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses
CURP
RFC
Documento de Afore con antigüedad no mayor a 6 meses

Si cuentas con beneficiarios deberás presentar los requisitos del trámite de asignación familiar

El plazo estimado de la resolución del trámite de tu pensión por el IMSS es de aproximadamente un mes. Una vez concluido, se te entregará un documento en donde se señala la cantidad de pensión otorgada de acuerdo al régimen elegido, así como la fecha, forma y lugar donde recibirás tu pago.

Si no cumples con las semanas cotizadas para obtener tu pensión, el IMSS te emitirá una Negativa de Pensión, con la cual podrás retirar el saldo total de tu cuenta individual en una sola exhibición conforme a lo siguiente:

A partir de los 60 años, todos los recursos a excepción de SAR 92-97.

Al cumplir los 65 años se incluye también el SAR 92-97 y Vivienda.