José Luis Ceja / La Voz de Michoacán Sahuayo, Michoacán. Atribuida a un sacerdote, un pescador y al ingenio popular, la autoría de la canción “El árbol” no se ha acreditado plenamente, mas existe un titular de los derechos de autor, lo que es todavía motivo de discusión entre los cantantes regionales, quienes califican como una injusticia la acreditación del tema al compositor Benjamín Sánchez Mota. Interpretada de manera lírica por casi la mayoría de los grupos y cantantes regionales, “El árbol” versa sobre la tristeza de un hombre que ha perdido a su padre y madre y ha perdido, a la par, la fortaleza y el orgullo, razón por la cual es un tema musical que se escucha de manera recurrente en las conmemoraciones del Día de las Madres y del Padre y es pieza obligada en los entierros o velorios. Alejandro Barajas, en aquel entonces integrante del Dueto de los Hermanos Barajas, que alcanzaran la fama mediante giras nacionales e internacionales que alcanzaron lugares como Japón, Venezuela, Argentina y Bolivia, asegura que la primera grabación de este tema fue realizada por ellos, pero, sin saberlo, habrían abierto las puertas a lo que los habitantes de la Ciénega consideran uno de los robos más lacerantes al patrimonio cultural regional. Fue en 1973, cuando Benjamín Sánchez Mota entrega al Dueto Hermanos Barajas material para la grabación de un LP, es entonces que Alejandro Barajas comenta al compositor que en su lejano Sahuayo (en ese entonces se encontraban en la capital de la República) muchos músicos tocaban una canción que resultaba muy adecuada para el estilo musical de ese disco, Sánchez Mota pidió que la cantaran y al terminarla comentó que la canción sería registrada con otro título con la autoría acreditada a Benjamín Sánchez Mota. “Antes que nos diera el material le dije ‘mire, traemos una canción muy bonita, quizá le interese’. La cantamos y al final me preguntó que de quién era la canción y le dijimos que no sabíamos, que la habíamos aprendido en Sahuayo y entonces dijo ‘no hay problema, de aquí en adelante la canción se llama ‘El árbol seco’, letra y música de Benjamín Sánchez Mota’, y así quedó”. Debido a ello, cuando la canción fue grabada en 1973, ya estaba registrada a nombre de Benjamín Sánchez Mota. “Nosotros habíamos escuchado esa canción en Sahuayo, con los tríos y los grupos locales, todos se la sabían y un día fui con unos muchachos y les dije ‘pásenme la canción’ ya con la intención de grabarla de manera profesional”. Incluso, refiere Alejandro Barajas, pese a que la canción era ampliamente conocida por los músicos locales, ninguno conocía ni el título ni el autor de esta melodía. Incluso Abelardo Pulido, integrante del dueto musical Los Dos Oros, le propuso a Alejandro Barajas que registrara la canción como propia, a lo que el cantante se negó con el argumento de que todos sabían que él no era compositor. https://www.youtube.com/watch?v=XfPMGLS9XWs ¿Quién la compuso? Entre otros, los músicos locales atribuyen la autoría de este tema que se ha tornado como un segundo himno del terruño al exvocalista de Los Yaki, José Luis Gazcón; al padre Miguel Serrato, Abelardo Pulido y otros personajes locales entre los que se encuentra un pescador de la tenencia de La Palma que recitaba los versos de la canción luego de enterrar a sus padres. “Muchos músicos y mucha gente que no eran del ambiente artístico nos decían que la canción era del padre Serrato, pero nunca supimos por qué hasta entonces no había ningún registro”, explica. Sin embargo, en la biografía de Benjamín Sánchez Mota que obra en la página oficial de la Sociedad de Autores y Compositores de México no se señala la existencia de esta canción como de la autoría del compositor zacatecano fallecido en diciembre del 2005. Alejandro Barajas, integrante del Dueto de los Hermanos Barajas. Foto, José Luis Ceja La venganza musical Ante el fallecimiento de quien presuntamente se apoderara de parte de la historia local reflejada en esta canción, los ejecutantes locales, cuando se ven precisados a interpretarla, la adjudican como de “dominio público”, esto es que puede ser ejecutada en vivo o grabada con fines de venta sin el pago de derechos correspondientes. En México, de acuerdo con la legislación vigente, las canciones acceden al “dominio público” 100 años después del fallecimiento del autor, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley Federal del Derecho de Autor, que “establece un periodo de protección de 100 años después del fallecimiento de la persona autora o de la fecha de publicación, en el caso de obras póstumas. Durante ese plazo, las personas herederas o causahabientes pueden continuar la explotación de las obras de forma exclusiva y percibir los beneficios económicos correspondientes. Una vez que el plazo se ha vencido, las obras entran en el dominio público, lo que permite que cualquiera pueda utilizar las obras libremente sin necesidad de pago u autorización”. Aunque en el caso de la canción de “El árbol” no se ha cumplido siquiera una fracción del plazo legal, a manera de desaprobación por la indebida apropiación de este tema, los cantantes regionales se niegan rotundamente a reconocer a Benjamín Sánchez Mota como el autor de la misma.