Redacción / La Voz de Michoacán Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento a interrumpir el embarazo. Por primera vez, la Corte se pronunció a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales. Por unanimidad de 10 votos, los ministros del pleno declararon la invalidez del artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciere abortar con su consentimiento, pues vulnera el derecho de la mujer y de las personas gestantes a decidir. Al haberse alcanzado una mayoría que supera los 8 votos, las razones de la Corte obligan a todas y todos los jueces de México, tanto federales como locales, a considerar a partir de ahora que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta, como lo son los tipos penales que no contemplan la posibilidad de interrumpir el embarazo en un periodo cercano a la implantación, o las normas que solo provean la posibilidad de abortar como excusas absolutorias, pues en esos supuestos la conducta se cataloga como un delito, aunque no se imponga una sanción. Esto, debido a que las decisiones que tome el pleno de la Suprema Corte, avaladas por mayoría de ocho votos, y las de las Salas, por mayoría de cuatro votos, serán obligatorias para todos los jueces del país, tanto federales como locales. Ello quiere decir que, a partir de ahora, si las autoridades de cualquier estado o de la Federación intentan llevar a la cárcel a una mujer porque se practicó un aborto de manera voluntaria, los jueces que conozcan de esos asuntos deberán aplicar el criterio de la Corte, a pesar de que las legislaciones locales aún consideren el aborto voluntario como un delito, como es el caso en la mayoría de los estados. Foto: Víctor Ramírez. El aborto, cuya criminalización es competencia local, solo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. En Michoacán, desde hace un año hay en el Congreso una iniciativa para despenalizar el aborto, sin embargo, no ha avanzado por falta de voluntad de los diputados locales de asumir el costo político que conllevaría legislar en el tema, al cual se opone gran parte de la clase política michoacana y la Iglesia, que ha tratado de intervenir para evitar que la iniciativa sea discutida. Sin embargo, este fallo de la Corte, derivado de una impugnación de la extinta Procuraduría General de la República (PGR) contra el Código Penal de Coahuila en 2017, invalida la legislación en Coahuila y establece un “criterio obligatorio” para todos los jueces de México, dijo Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN. A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional. A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad”Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN Arturo Zaldívar destacó que se trata de una decisión histórica en la lucha por los derechos y libertades de las mujeres, particularmente de las más vulnerables. Aunque la Suprema Corte ya se ha pronunciado sobre el aborto en otros supuestos, el fallo de ahora es "fundamental" porque por primera vez aborda el delito, explicó a Efe Selma Maxinez, abogada del Círculo Feminista de Análisis Jurídico. “Estamos viviendo un suceso histórico, esto va a ser un precedente judicial muy importante para todo el sistema jurídico mexicano, para dar un paso más, en este contexto tan difícil en el que vivimos, sobre el respeto de los derechos de las mujeres”, indicó. Este fallo es fundamental, porque por primera vez aborda el delito, explicó a Efe la abogada del Círculo Feminista de Análisis Jurídico, Selma Maxinez. “Estamos viviendo un suceso histórico, esto va a ser un precedente judicial muy importante para todo el sistema jurídico mexicano, para dar un paso más, en este contexto tan difícil en el que vivimos, sobre el respeto de los derechos de las mujeres”, indicó. Con esta decisión, mujeres y organizaciones por los derechos reproductivos podrán ahora combatir por la vía judicial la criminalización del aborto en otros códigos penales estatales, añadió Isabel Anayanssi Orizaga, integrante de Mexicanas Resistiendo desde el Extranjero. “Esto ha creado una marea o una serie de efecto dominó, donde eventualmente, a todos los estados que no permiten el aborto o todavía lo tienen penalizado, también puedan llegar estas acciones de inconstitucionalidad”, mencionó la abogada.