Avala Senado 20 años de cárcel por falsificar medicinas en pandemias, como la de COVID-19

De acuerdo con el dictamen, desde los primeros meses de 2020 se incrementó la demanda de medicamentos, diagnósticos y reactivos asociados a identificar y eventualmente tratar o curar el coronavirus

Redacción / La Voz de Michoacán

Ciudad de México. Las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos Segunda del Senado aprobaron por unanimidad el proyecto de reformas para sancionar hasta con 20 años de prisión a quien adultere, altere o falsifique medicamentos o vacunas para prevenir, detectar, tratar o curar enfermedades que hayan generado epidemia grave o emergencia sanitaria, como la COVID-19.

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De acuerdo con el dictamen, desde los primeros meses de 2020, durante el desarrollo y propagación mundial del SARS-CoV-2, se incrementó la demanda de medicamentos, diagnósticos y reactivos asociados a identificar y eventualmente tratar o curar la nueva enfermedad. Ello, sin evidencia científica suficiente y la autorización correspondiente por las instancias sanitarias mundiales, regionales y nacionales.

En dicho escenario, la Organización Mundial de la Salud (OMS) alertó sobre la proliferación de productos médicos falsificados que afirman prevenir, detectar, tratar o curar COVID-19, y alertó que “las vacunas falsificadas suponen un grave riesgo para la salud pública mundial y supone una carga adicional para la población vulnerable y los sistemas sanitarios”.

Las comisiones unidas avalaron por ello las modificaciones a la Ley General de Salud para aumentar hasta en un tercio las sanciones por la alteración y falsificación de medicamentos o vacunas destinados a prevenir, detectar, tratar o curar en el contexto de una epidemia grave o emergencia sanitaria.

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El artículo 464 de la Ley General de Salud establece actualmente que “a quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, de sus envases finales para uso o consumo humanos o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala esta Ley, se le aplicará una pena de tres a quince años de prisión”.

Dicha pena aumentada en un tercio alcanzaría hasta 20 años de cárcel, de acuerdo con el dictamen turnado al pleno del Senado de la República para su discusión y votación.