EL SUSCRITO LICENCIADO EDUARDO CHAVEZ Y LOPEZ, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 48, CON EJERCICIO Y RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE PURUANDIRO, MICHOACÁN, PARA LOS EFECTOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 152, 153, 155, 160, 161 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MICHOACÁN, HAGO SABER: QUE MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 4,171, VOLUMEN 62, DE FECHA 11 ONCE DE FEBRERO DEL AÑO 2022 DOS MIL VEINTIDOS, PASADA EN EL PROTOCOLO A MI CARGO, LOS COMPARECIENTES: NICOLAS JAIMEZ HURTADO y GERARDO JAIMEZ HURTADO, CON EL CARÁCTER DE COHEREDEROS, INICIARON ANTE MÍ FE, EL PROCEDIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN SUCESORIA TESTAMENTARIA A BIENES DEL FINADO SEÑOR ROGACIANO JAIMES PEREZ y/o ROGACIANO JAIMEZ PEREZ, MANIFESTANDO EXPRESAMENTE: LA CONFORMIDAD DE LLEVAR EL TRÁMITE ANTE NOTARIO; QUE RECONOCEN LA VALIDEZ DEL TESTAMENTO, QUE ACEPTAN LA HERENCIA , RECONOCIÉNDOSE POR SI Y ENTRE SÍ SUS DERECHOS HEREDITARIOS QUE LES FUERON ATRIBUIDOS EN EL TESTAMENTO Y QUE PROCEDERÁN DE COMÚN ACUERDO EN EL TRÁMITE REFERIDO, DEBIENDO PROCEDER EL ALBACEA DESIGNADO NICOLAS JAIMEZ HURTADO, A PRESENTAR EL INVENTARIO Y AVALUÓ DEL CAUDAL HEREDITARIO, EN TÉRMINOS DE LEY. LICENCIADO EDUARDO CHAVEZ Y LOPEZ NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 48 PURUANDIRO, MICHOACÁN