El Universal/La Voz de Michoacán La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el ejercicio fiscal de 2019, en la cual se hace efectiva la disposición para limitar la compensación de impuestos para cerrarle el paso a la evasión. La LIF que fue aprobada el pasado 21 de diciembre por el Senado de la República se autoriza a la Federación obtener ingresos totales por 5 billones 838 mil 59 millones de pesos durante el próximo año. Con ello, a partir del primero de enero, el gobierno federal estará en posibilidades de comenzar a cobrar los ingresos por impuestos, derechos, aprovechamientos, productos, contribuciones de mejoras, cuotas y aportaciones de seguridad social. Por recaudación de impuestos, los ingresos autorizados para 2019 por el Congreso de la Unión ascienden a 3 billones 311 mil 373 millones de pesos. Falta que la SHCP emita el calendario mensual con las estimaciones de los ingresos tributarios por cada gravamen que espera captar a lo largo del año. Derivado del monto de ingresos fiscales a obtener durante el ejercicio fiscal de 2019, se proyecta una Recaudación Federal Participable (RFP) por 3 billones 288 mil 590 millones de pesos, recursos que distribuirá a los estados y municipios el próximo año. Queda establecido limitar la compensación universal de impuestos, por lo que a partir de 2019, los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración únicamente podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligadas a pagar por adeudo propio, siempre que ambas deriven de un mismo impuesto, incluyendo sus accesorios. Es decir que sólo podrán compensar impuestos iguales, por ejemplo, si se tiene un saldo a favor en IVA se podrá compensar solamente contra un adeuda derivado del IVA y no contra el impuesto sobre la renta como sucede actualmente. Para el caso del impuesto al valor agregado, cuando en la declaración de pago resulte saldo a favor el contribuyente únicamente podrá acreditarlo contra el gravamen a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolución. Cuando se solicite la devolución deberá ser sobre el total del saldo a favor. Los saldos cuya devolución se solicite no podrán acreditarse en declaraciones posteriores, según el decreto publicado hoy. Se autorizó un endeudamiento neto interno hasta por 490 mil millones de pesos, y externo de hasta 5 mil 400 millones de dólares de los Estados Unidos de América. Para la Ciudad de México, se aprobó un endeudamiento neto de 5 mil 500 millones de pesos para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019. Se facultó al Ejecutivo Federal para que durante el ejercicio fiscal de 2019 otorgue los beneficios fiscales que sean necesarios para dar debido cumplimiento a las resoluciones derivadas de la aplicación de mecanismos internacionales para la solución de controversias legales que determinen una violación a un tratado internacional. En el decreto se estableció que el Ejecutivo Federal informará al Congreso de la Unión de los ingresos por contribuciones pagados en especie o en servicios, así como, en su caso, el destino de los mismos.