Para efectos de lo establecido por los artículos 152, 154, 156, 159, 160 y demás relativos de la Ley del Notariado del Estado de Michoacán, hago saber que en Escritura Número 2726, de fecha 25 de junio de 2019, ante mí: 1. Se inició la tramitación Extrajudicial a bienes de la Sucesión Intestamentaria de la señora CONSUELO MATABUENA LÓPEZ Y/O MA. CONSUELO MATABUENA LÓPEZ Y/O MARÍA CONSUELO MATABUENA LÓPEZ. 2. Las señoras ANGÉLICA FABIÁN MATABUENA, ELVA FABIÁN MATABUENA Y ELDA FABIÁN MATABUENA, hijas de la autora de la Sucesión: a) Me exhibieron copia certificada del acta de defunción del de cujus. b) Acreditaron su carácter de hijas. c) Se acreditó el último domicilio del de cujus en la ciudad de Morelia, Michoacán. 3. Se llevó a cabo la información testimonial de las señoras ADELINA SÁNCHEZ CORTES Y ALICIA TORRES CORONA. 4. Las señoras ANGÉLICA FABIÁN MATABUENA, ELVA FABIÁN MATABUENA Y ELDA FABIÁN MATABUENA, reconocieron el carácter de únicas y universales herederas y expresamente aceptan la herencia que les corresponde en la Sucesión. 5. La señora ELDA FABIÁN MATABUENA, aceptó asumir el cargo de Albacea de la Sucesión, manifestando que procederá a la formulación del inventario y avalúos del acervo hereditario. Lo anterior se hace del conocimiento general para los efectos de lo dispuesto en el artículo 160 de la Ley del Notariado para el Estado de Michoacán. Tarímbaro, Michoacán, a 26 de junio de 2019. DR. JAIME DARÍO OSEGUERA MÉNDEZ NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 182 EN EL ESTADO DE MICHOACÁN.