EL SUSCRITO LICENCIADO PAVEL AURELIO OCEGUEDA ROBLEDO, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO TRECE, CON EJERCICIO Y RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN, PARA LOS EFECTOS A QUE SE REFIERE LOS ARTÍCULOS 152, 153, 155, 160, 161 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MICHOACÁN, HAGO SABER: QUE MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO MIL DOSCIENTOS, VOLUMEN CUARENTA, DE FECHA DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO PASADA EN EL PROTOCOLO A MI CARGO, LOS COMPARECIENTES: CARLOS CUAUHTÉMOC ORTÍZ MAGAÑA, ROSA MARTHA ORTÍZ MAGAÑA Y MARTHA AURELIA MAGAÑA VILLALÓN; EN SU CARÁCTER DE ALBACEA TESTAMENTARIO Y HEREDEROS ÚNICOS Y UNIVERSALES, INICIARON ANTE MÍ FE EL PROCEDIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN SUCESORIA INTESTAMENTARIA A BIENES DEL FINADO CUAUHTÉMOC ORTÍZ VENERA; MANIFESTADO EXPRESAMENTE: LA CONFORMIDAD DE LLEVAR EL TRÁMITE ANTE NOTARIO; QUE ACEPTAN LA HERENCIA, RECONOCIÉNDOSE POR SÍ Y ENTRE SÍ SUS DERECHOS HEREDITARIOS Y QUE PROCEDERÁN DE COMÚN ACUERDO EN EL TRÁMITE REFERIDO, DEBIENDO PROCEDER EL ALBACEA CARLOS CUAUHTÉMOC ORTÍZ MAGAÑA, A PRESENTAR EL INVENTARIO Y AVALUO DEL CAUDAL HEREDITARIO, EN TÉRMINOS DE LEY. LICENCIADO PAVEL AURELIO OCEGUEDA ROBLEDONOTARIO PÚBLICO NÚMERO TRECEMORELIA, MICHOACÁN.