Para efectos de lo establecido por los artículos 152, 153, 155 y demás relativos de la Ley del Notariado del Estado de Michoacán, hago constar que por Escritura Pública 2,389, Volumen Treinta y Dos, de fecha 13 trece de diciembre de 2019 dos mil diecinueve. Los señores MARÍA ISABEL CARRANZA VILLEGAS y/o ISABEL CARRANZA VILLEGAS, ANTONIA ÁNGEL CARRANZA, MARIO ÁNGEL CARRANZA, MARÍA DE LOURDES ÁNGEL CARRANZA, MARTHA ÁNGEL CARRANZA, MARÍA DE LOS ÁNGELES ÁNGEL CARRANZA, LUIS ALBERTO ÁNGEL CARRANZA, CRISPÍN ÁNGEL CARRANZA, FERNANDO ÁNGEL CARRANZA, JOSÉ JESÚS ÁNGEL CARRANZA y ANTONINO ÁNGEL CARRANZA, en cuanto herederos de la Sucesión Intestamentaria número 504/2013, a bienes del señor JUAN ÁNGEL QUEZADA, radicado ante el Juez Primero de Primera instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Pátzcuaro, Mich., manifestaron su voluntad de llevar a cabo la formalización y conclusión extrajudicial de la referida Sucesión Intestamentaria, reconociéndose el carácter de únicos y universales herederos, aceptando expresamente la herencia, designando por unanimidad de votos, como albacea a la señora MARÍA DE LOURDES ÁNGEL CARRANZA, la que aceptó y protestó el fiel y leal desempeño del cargo, y al haber bienes pendientes para listar e inventariar, es que la albacea designada, procederá a la formulación de la ampliación al INVENTARIO y AVALÚOS del acervo hereditario, y su respectiva adjudicación. Tacámbaro, Michoacán., a 07 de mayo de 2020. LIC. JESÚS SOLÓRZANO OCHOA NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 103 TACÁMBARO, MICHOACÁN.