La Voz de Michoacán ha hecho un ejercicio que te acercará a los especialistas, quienes hablarán sobre este tema, y los efectos colaterales que debes tomar en cuenta en estos tiempos de convulsión, producto de la contingencia sanitaria TRIGÉSIMA CUARTA PARTE DE UNA SERIE Jorge Manzo / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. Nadie, bajo ninguna circunstancia, puede ser víctima de hostigamiento en su entorno laboral, mismo que puede representarse de diversas maneras desde que denosten tu trabajo a tus espaldas, se mofen, te segreguen o realicen críticas encaminadas a destruir tu reputación y tu desempeño dentro de tu área de trabajo, advirtió la maestra enderecho, Nayeli Edith Torres Tercero, tras exponer que los trabajadores no están solos y pueden acudir ante la Secretaría del Trabajo y también a presentar una denuncia penal ante el Ministerio Público si es que se encuentran en estos supuestos; los patrones pueden ser acreedores a sanciones que incluso contemplen la reparación del daño de las personas. En tiempos de contingencia sanitaria esto puede arreciar, sin embargo, es un fenómeno que se puede presentar a diario y por temor se evita acudir ante las instancias a denunciar, reconoció la candidata a doctora, quien destacó que existen varias vías a las que puede recurrir el trabajador para detener a los patrones abusivos. Nadie puede argumentar que su actuar está fundado en que se tienen más conocimientos para evidenciar a sus subordinados, o para cometer ciertos abusos, eso es violencia laboral. El hostigamiento puede ser desde conductas físicas hasta verbales, ocasionándole un daño emocional al trabajador, mismo que debe ser reparado, aunado a las sanciones que pueden ir hasta las 250 unidades de medida”. DA CLIC AQUÍ PARA VER TODAS LAS ENTREVISTAS “El hostigamiento no es otra cosa que una presión que ejerce un patrón mediante conductas como físicas y verbales, ocasionándole un daño emocional al trabajador. De esto se desprende lo que establece la Ley Federal del Trabajo, en donde se específica que tú como patrón tienes obligaciones, entre ellas, evitar que dentro de tu fuente de trabajo se cometan actos de hostiga-miento e incluso de acoso sexual en contra de un trabajador”, explicó la especialista, quien destacó que en estos momentos en donde nadie quiere denunciar por temor a perder el trabajo porque la contingencia nos ha llevado justamente a que se limiten las oportunidades, no puede ser ningún motivo para que se evite acudir ante las instancias. Tienes dos vías, desde la administrativa que es acudir ante la Secretaría del Trabajo, hasta la penal, que es acudir ante la Fiscalía General, y más cuando se está cometiendo un acto de discriminación por tu condición, que podría ir desde ser mujer o tu preferencia sexual. Las formas de demostrar que eres víctima de este tipo de actos es con testimonios y entrevistas que realizarán las personas designadas y al patrón se le pueden imponer multas que van desde las 250 hasta las 5 mil unidades de medida”, compartió la abogada, quien destacó que no se puede excusar nada para justificar actos de hostigamiento.