Javier Favela / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. Seis meses le quedan a la actual Legislatura de Michoacán para realizar las consultas a más de 200 comunidades indígenas, en el marco de la reforma a 13 artículos de la Ley de Educación del estado, como lo mandató la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Los diputados que “quieran pasarse de listos” y desobedecer la sentencia del máximo tribunal del país, corren el riesgo de ser separados del cargo y de ser llevados ante los tribunales de la Federación por el delito de abuso de autoridad, alertó Belinda Hurtado, presidenta de la comisión legislativa de educación. La diputada del PT deploró la actitud de oídos sordos de muchos homólogos suyos en el Congreso por el incumplimiento de la sentencia. El plazo que dio la Corte vence en mayo de 2023. A la fecha, no hay presupuesto autorizado para hacer las consultas a las comunidades indígenas, ni protocolo de consulta, ni calendario de actividades ni registro oficial confiable de los pueblos indígenas. El último día de mayo del 2022, el Pleno de la Corte invalidó 13 artículos de la Ley de Educación de Michoacán, que ya llevaban dos años en vigor. El máximo tribunal de la nación recriminó al Congreso no haber consultado a las comunidades indígenas y a las personas con discapacidad antes de legislar. La reprimenda impactó en la anterior legislatura, pero la tarea de enmienda quedó a cargo de la 75 legislatura (en donde hay 9 diputados reelectos), con un plazo fatal de 12 meses para realizar las consultas bajo el parámetro constitucional, es decir, en forma “previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada”, según había descrito el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. La 75 legislatura tendrá que reescribir la normatividad educativa relativa a comunidades indígenas y discapacitados, a raíz de la acción de inconstitucionalidad que ganaron la CEDH y la CNDH. Desde hace meses, la petista Belinda Hurtado lamentó que el Congreso local esté en vías de desacato del fallo de la Suprema Corte. “Ya han pasado varios meses y ha habido omisiones”. Reprochó que varios diputados integrantes de las comisiones unidas de Educación y Pueblos Indígenas no acuden a las reuniones convocadas. Señaló que la anterior presidenta del Congreso, Adriana Hernández, no le contestaba los oficios ni le daba seguimiento al tema. “Ya está corriendo el tiempo”, apremió. Refirió que las legislaturas de Veracruz y San Luis Potosí etiquetaron entre 7 y 10 millones de pesos para realizar consultas ordenadas por la Corte. Los diputados de Guerrero están en vías de desacato por querer pasarse de listos y no hacer esas consultas. Hurtado comentó que, en la última sesión del Congreso local, ella metió una reserva al proyecto de presupuesto legislativo 2023 para asignar una partida especial al tema de las consultas mandatadas por la Corte, que apenas logró ser aprobada, a pesar del voto de 14 diputados en contra, 3 abstenciones y 8 ausencias. Evidenció que los mismos asesores de los errores de la 74 legislatura integran el equipo técnico de los actuales diputados. Esos consejeros están proponiendo mejor derogar los artículos invalidados para así eludir el mandato de la Corte. Cabe recordar que el máximo tribunal invalidó el enfoque intercultural y plurilingüe para educar (albergues escolares indígenas, libros de texto gratuito, programas de intercambio o certificación de maestros en lenguas y manifestaciones culturales), por no consultar en forma previa a las comunidades indígenas. Enjuiciarán a diputados en rebeldía La Suprema Corte puede ordenar la separación de aquellos diputados desobedientes de las sentencias constitucionales y puede hacer consignación penal ante jueces de Distrito para sancionarlos por el delito de abuso de autoridad, que amerita de 2 a 8 años de prisión, además de fuertes multas, según se desprende de la ley reglamentaria del artículo 105 de la Carta Magna. Si al cumplirse el plazo fatal de 12 meses no hay consultas a las comunidades, los agraviados por la inacción de la legislatura michoacana pueden promover el recurso de queja ante el presidente de la Suprema Corte. El Congreso local, a través de sus abogados, tendrá que rendir un informe de cumplimiento de la sentencia en un tiempo determinado y acudir a una audiencia para desahogar pruebas y formular alegatos. El máximo tribunal constitucional no concede prórrogas para que las autoridades responsables cumplan las sentencias firmes e inimpugnables. El recurso de queja es la vía procesal idónea ante el exceso o defecto en el cumplimiento de una sentencia de la Corte. El desacato es un ataque frontal al estado de derecho. Ningún expediente puede archivarse si la sentencia no ha sido cumplida. Los jueces de Distrito se limitarán a sancionar la desobediencia de los diputados remisos, el desacato de la sentencia o la repetición del acto invalidado bajo el delito federal de abuso de autoridad.