Arturo Molina / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. Por considerar violatoria a los derechos de privacidad en cuanto a evolución patrimonial de funcionarios públicos, el Sistema Estatal Anticorrupción de Michoacán desechó la recomendación de interconexión con la Plataforma Digital Nacional del Sistema Nacional Anticorrupción. En sesión, las distintas instituciones que conforman el Sistema Estatal Anticorrupción de esta entidad, dejaron en claro que hasta que la iniciativa nacional de recomendación enviada a los organismos estatales el pasado 22 de enero no cumpla con las garantías legales, no será cumplimentada Por unanimidad, el órgano estatal fue clara en la postura; “No se acepta la recomendación de interconexión referente al punto de evolución patrimonial”. El presidente magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa, Jesús Sierra, expuso que las leyes de protección de datos personales y de rendición de cuentas están ampliamente delimitadas en cuanto a alcances y protección de los derechos personales. Insistió en que, si bien la rendición de cuentas en cuanto a declaración patrimonial es obligatoria, la exposición de dicha información es voluntaria y corresponde a una decisión personal de cada uno de los sujetos obligados. “Tiene mucha trascendencia. Uno porque cuando se genera esa interconexión pues prácticamente cualquier persona podrá acceder a la información que se contiene en la información patrimonial. Lo que debemos de entender es que hay una voluntad que debe expresar cada funcionario público si desea o no hacer pública su información. Lo que quiero reflejar es apoyar a la norma y porque no debemos de acceder a esta recomendación”, explicó el magistrado ante la sesión del Sistema Estatal Anticorrupción. La moción del titular del Tribunal de Justicia Administrativa fue secundada por Azucena Marín, titular de la Secretaría de la Contraloría del Estado de Michoacán, quien señaló que la información concentrada de declaraciones patrimoniales no se puede poner en riesgo sin conocer el destino de la misa. "Es de extremo cuidado por la información que se contiene. Cuando recibimos la declaración patrimonial el usuario nos manifiesta si es su intención hacerla pública o no. Es obligación del ciudadano rendir su declaración, pero no es obligatorio vincularlo a plataforma. No podemos poner en riesgo la información de la cual estamos encargados de concentrar", manifestó la funcionaria estatal. Sobre esta misma recomendación, Areli Yamilet Navarrete Naranjo, presidenta Comisionada del Instituto Michoacano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales aclaró que la postura se apegará al principio de consentimiento de los titulares de la información. “Todo el actuar del organismo como garante debe de orientarse a garantizar el derecho fundamental que habilita a la persona a decidir por sí sola la difusión de sus datos Personales y el tipo de soporte en el que se encuentran contenidos sus datos personales. Debemos apegarnos al principio de consentimiento del titular de la información. Nos va a permitir garantizar la autodeterminación informática y cualquier iniciativa de vulneración no puede ser permitida. Hasta el momento en que se garantice el legal tratamiento de los datos personales se podrá hablar de una eventual interconexión", aclaró. Por su parte, Alejandro Carrillo Ochoa, Fiscal General Anticorrupción de Michoacán apoyó la moción del resto de los integrantes del Sistema Estatal Anticorrupción respecto a no conectar datos de información patrimonial con la plataforma nacional. Fue el pasado 22 de enero, cuando el Sistema Nacional Anticorrupción aprobaron una recomendación no vinculante a efecto de que se concluyan los procesos de conexión, con la totalidad de la información referente a los sistemas de Evolución patrimonial, declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, servidores públicos que intervengan en procedimientos de contrataciones públicas, y servidores públicos y particulares sancionados de la Plataforma Digital Nacional (PDN). Dicha recomendación fue dirigida a las Secretarías Ejecutivas de los Sistemas Locales Anticorrupción en su carácter de responsables de fungir como proveedores y concentradores de la información y los subsistemas a nivel local, así como a los organismos constitucionales autónomos creados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos y al Poder Judicial de la Federación. Hasta el momento, la mayor parte de las entidades federativas y sistemas locales anticorrupción se han negado a la recomendación no vinculante.