Javier Favela / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. En la mayoría de los casos por corrupción, el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) declara inexistentes las faltas administrativas graves, reconoció el magistrado Hugo Gama Coria, quien dejó en claro que él no puede enmendarles la plana a las Contralorías o a la Auditoría Superior cuando le remiten expedientes mal integrados. El juzgador especializado enfatizó que no hay suplencia de la queja en materia de responsabilidades administrativas cuando le llegan casos de cohecho, desvío de recursos o abuso de funciones, siendo éstas las tres principales conductas denunciadas e investigadas. Con apenas 6 meses en el ejercicio jurisdiccional, Gama admitió que hay pocos sujetos sancionados en el Tribunal Administrativo por la debilidad del sistema estatal anticorrupción al momento de investigar e integrar los expedientes por hechos de corrupción. Auxiliado por 10 subordinados en su Ponencia, el magistrado anticorrupción lamentó que las Contralorías y la Auditoría Superior no hayan logrado asimilar y entender el procedimiento jurisdiccional, pues en muchos casos no garantizan el debido proceso y el derecho de audiencia del probable responsable. “Falta muchísima capacitación en las Contralorías para integrar informes”. Un asunto puede tardar dos años y medio para que quede plenamente concluido, incluyendo amparos, calculó Gama. Aclaró que él no tiene facultades de investigación de hechos de corrupción. Son las Contralorías y la Auditoría las que tienen el aparato administrativo para hacer auditorías y levantar expedientes. “Si no accionan ellos, no llegan asuntos al Tribunal”. Al preguntársele sobre el peor caso de corrupción que ha llegado a sus manos, el magistrado Gama Coria prefirió comentar el expediente de las obras del Parque Lineal en el Río Chiquito, donde está valorando si los errores del contratista, por falsificar documentos, afectó el patrimonio del Ayuntamiento de Morelia. Por separado, Sergio Mecino Morales, quien desde hace 4 años funge como magistrado anticorrupción, reconoció también que en la mayoría de los asuntos por corrupción tiene que declarar la inexistencia de la falta administrativa grave, por no acreditarse los elementos constitutivos a la hora de resolver. “De cada 100 expedientes, uno concluye en condena”, intentó ejemplificar. Mecino, exconsejero jurídico del entonces gobernador Silvano Aureoles, estimó que un asunto por corrupción tarda un año y dos meses resolverse completamente, considerando que hay muy pocos amparos contra los fallos del Tribunal de Justicia Administrativa. Calculó que bajo su jurisdicción ya se han resuelto 80 asuntos, de los cuales, unos 50 corresponden a la primera instancia, bajo las leyes anticorrupción publicadas en julio de 2017. El magistrado Hugo Coria remarcó que uno de los objetivos del sistema anticorrupción es prevenir el problema. Lo jurisdiccional constituye el último eslabón. Al final le toca sancionar conductas tipificadas administrativamente como de responsabilidad, ya sea mediante inhabilitación, multa o reparación del daño. Riqueza ilícita no se castiga Los funcionarios suelen recurrir a prestanombres para ocultar el enriquecimiento ilícito que amasan desde el poder público. Con excepción de los herméticos archivos electrónicos de las Contralorías, ningún ciudadano puede conocer qué bienes patrimoniales ostentan cónyuges y familiares, ni qué saldo tienen las cuentas bancarias de los servidores públicos. De ahí que el delito de enriquecimiento ilícito sea estadísticamente inexistente en los tribunales del Supremo Tribunal, con sanciones que podrían llegar a 14 años de prisión y decomiso de bienes no acreditados, cuando los incrementos patrimoniales ilegítimos superen los 460 mil pesos. La semana pasada los jefes del sistema anticorrupción en Michoacán defendieron la opacidad en las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos bajo argumentos de derecho a la privacidad y protección de datos personales. Rechazaron tajantemente que los reportes patrimoniales sean subidos a la plataforma digital del Sistema Nacional Anticorrupción.