Justicia para ellas, el gran pendiente: jueces tienen por resolver 10 feminicidios y muertes de mujeres

La misión de las autoridades de impartición de justicia es sentar por fin un precedente mediante sanciones ejemplares que ayuden a inhibir la violencia contra ellas, dicen especialistas

Foto: Víctor Ramírez.

Arturo Molina, Héctor Jiménez / La Voz de Michoacán

Morelia, Michoacán. Hasta 10 causas de feminicidio y muertes violentas de mujeres está pendientes de atenderse en el Poder Judicial del Estado de Michoacán para este 2021.

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Casos como el de Jessica Gonzáles Villaseñor siguen su curso este año mientras se precisa que es cuestión de meses para que alcancen la etapa intermedia del procedimiento legal. La misión de la Fiscalía y el Poder Judicial, según los especialistas, es sentar por fin un precedente mediante sanciones ejemplares que ayuden a inhibir esta problemática y demuestren que la autoridad no siempre se va por el camino fácil, como ya pasado con las investigaciones de otras mujeres asesinadas.

Información de la organización Humanas Sin Violencia AC, señala que con agresores detenidos y con posibilidades de llegar a la etapa intermedia son apenas una decena del total de 252 mujeres a las que les fue arrebatada la vida con violencia durante los 12 meses que comprendieron el 2020.

No hay fechas definidas para las audiencias intermedias. Debido a la complejidad de cada uno de los casos y a los plazos que se otorgaron durante la audiencia de control, se esperará a que se cumplan los plazos para que inicien el plazo escrito, en el cual tendrían que pasar semanas para que se defina la fecha del periodo de control.

Uno de los casos más relevantes es el de Jessica Gonzáles Villaseñor, joven de 21 años que fue víctima de feminicidio en agosto del 2020 y cuyo agresor fue sujeto a la audiencia de control y vinculado a proceso el pasado 1 de septiembre. En este caso específico, se otorgaron 4 meses a los ministerios públicos para las pruebas complementarias y se fijó como fecha de reanudación el 1 de febrero.

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No obstante, la fecha anterior está sujeta a que tanto la Fiscalía General del Estado (FGE) como la propia defensa del imputado de feminicidio no pidan un plazo extraordinario para conseguir más pruebas, lo cual alargaría el proceso de investigación al menos otros dos meses.

Información del Poder Judicial de Michoacán señala que el periodo intermedio antes de llegar a la segunda audiencia se puede extender hasta por 6 meses, a lo que se suma el inicio del plazo escrito antes de que se defina una fecha para cada una de las audiencias posteriores.

El panorama es el mismo para el resto de las 10 causas que siguen su curso en el estado de Michoacán y entre las cuales se encuentran casos como el de Citlalli, Gaby y otras mujeres que víctimas de la violencia, sus procesos siguen su curso en los juzgados y con posibilidades de alargarse por muchos meses más ante el tortuguismo de nuestro sistema de justicia.

Se estima que entre el 2016 y el 2020, el Poder Judicial de Michoacán mantuvo un total de 21 causas de feminicidio con imputados y vinculados a proceso. El fenómeno de los feminicidios se estima alcanza una tasa de judicialización de apenas un 35 por ciento al año debido a la complejidad del fenómeno de la delincuencia.

Y hay preocupación por el respeto al debido proceso. En su momento, Circe López Río Frío, presidenta de Humanas Sin Violencia señaló que una debilidad en la Fiscalía es en torno a los procesos de investigación, así como a la falta de protocolos de protección a las familias de las víctimas en los casos que se han vuelto fuertemente mediáticos.

Hace falta que pueda haber una revisión de arropar a las víctimas por parte de la Fiscalía y hacer mejores procedimientos de interlocución con la familia para que estén enterados de los procesos que se llevan a cabo”.

Circe López Río Frío, presidenta de Humanas Sin Violencia

PROCEDIMIENTO ABREVIADO,
ALTERNATIVA LATENTE

Ante la gran cantidad de homicidios dolosos, homicidios de mujeres y feminicidios, el procedimiento abreviado ha sido una de las constantes en los procesos recientes como mecanismo para agilizar el largo proceso de juicio, así como para, según la autoridad, garantizar la reparación del daño a las víctimas indirectas de la violencia contra la mujer.

El procedimiento abreviado, contenido en el artículo 119 del Código de Procedimientos Penales de esta entidad, precisa que este esquema se tramitará a solicitud del Ministerio Público, con acuerdo del imputado y con la asistencia de su defensor. 

Para admitir el procedimiento abreviado se requiere que el imputado admita el hecho que le atribuye el Ministerio Público en su escrito de acusación; que el imputado consienta en la aplicación de este procedimiento; y que el acusador particular o la víctima u ofendido en demanda de la reparación del daño, en su caso, no presenten oposición fundada. En esta causa penal, tanto el ministerio público como las víctimas indirectas y el acusado optaron por el recurso de procedimiento abreviado tal como lo marca el código. 

En el 2020, uno de los casos más sonados y controvertidos por la aplicación de este mecanismo de resolución es de Nilda Rosario joven estudiante desaparecida y asesinada por su pareja sentimental, alcanzó los reflectores nacionales e internacionales. A pesar de los gritos que clamaron justicia, el procedimiento abreviado por el trataron familiares y el ministerio público en su momento, derivaron en que el responsable de arrebatar la vida la joven mujer alcanzará apenas 15 años de prisión y el pago de una suma monetaria, cuyo valor fue desestimado los padres de la víctima. 

Los padres de Nilda se dijeron engañados por el proceso, mientras que la Fiscalía evadió la responsabilidad de haber sido quien solicitara el proceso para poder destrabar el juicio que no parecía poder agilizar en tribunales.

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