Gobierno estatal suscribe solicitud a SCJN sobre permanencia de la prisión preventiva oficiosa

Alfredo Ramírez Bedolla, gobernador de Michoacán, compartió el documento firmado por los mandatarios, además agregó que se suma a la petición en defensa de este tipo de prisión

Aholibama Andrade / La Voz de Michoacán

Morelia, Michoacán. Este martes 7 de mayo las y los gobernadores de todo el país, incluyendo a Alfredo Ramírez Bedolla por Michoacán, presentaron una solicitud a Norma Lucía Piña Hernández, presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para que no se elimine la prisión preventiva oficiosa.

PUBLICIDAD

Por medio de redes sociales Alfredo Ramírez Bedolla, gobernador de Michoacán, compartió el documento firmado por las y los mandatarios, además agregó que se suma a la petición en defensa de este tipo de prisión para que la SCJN no la deje sin efecto ya que “representa una herramienta de combate al delito y la impunidad que garantiza condiciones de seguridad a víctimas, testigos y jueces y el funcionamiento del propio sistema de procuración de justicia”, aseveró.

Tal como lo ha vertido anteriormente, en la postura del mandatario michoacano, el no mantener esta figura dejaría libres a más de 3 mil personas (calificadas de criminales) en el estado que actualmente están en la cárcel sin sentencia en firmes. La prisión preventiva oficiosa es considerada contrario a los derechos humanos básicos y también a la presunción de inocencia que, supuestamente, es piedra angular del sistema justicia en México, por ello diversos organismos han presionado para derogarla o limitarla al máximo posible para, en cambio, fortalecer Fiscalías que puedan concretar y cerrar los casos.

En este sentido, los gobernantes solicitan mantener la supremacía Constitucional sobre cualquier norma internacional, al existir una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde se señala que la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa es contraria a los derechos humanos ya que podría ser considerada una pena anticipada sin un juicio de por medio.

PUBLICIDAD

Esta petición la concretaron el pasado viernes 26 de abril durante la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), debido a que la eliminación de esta medida traería efectos que ocasionarán tanto un perjuicio a la seguridad pública, como a la justicia de las entidades federativas.

De hecho, a inicios de marzo en el marco de inauguración de la Primera Sesión Ordinaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia (CNPJ) de la zona occidente, llevado a cabo en Morelia, el gobernado Alfredo Ramírez Bedolla precisó que en caso de eliminarse la prisión preventiva 6 mil presuntos delincuentes serían liberados en Michoacán.

‘Son puros criminales’

Cabe resaltar que este tipo de prisión es una medida “precautoria” consistente en la privación de la libertad que el Juez de Control aplica de manera excepcional al acusado de un delito en situaciones de necesidad extrema, para así evitar que se fugue o en todo caso que dañe a las víctimas o interfiera en el proceso de investigación.

Posteriormente el mandatario expuso que en los 11 centros penitenciarios de Michoacán hay 6 mil 555 personas en prisión, de las cuales 3 mil 201 ya están sentenciadas. Y en caso de que la Suprema Corte vote a favor de la eliminación de la prisión preventiva oficiosa, el 51 por ciento restante que equivale a 3 mil 354 dividuos que se encuentran en proceso de espera respecto a su sentencia, quedarían en libertad antes de ser vinculados.

Sobre esto, Cesar Oceguera Robledo, consejero jurídico del estado de Michoacán, recalcó el pasado 19 de marzo en conferencia de gobierno que los delitos por los que se aplica este tipo de prisión son por abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas y desaparición forzada (…).

Por tanto, el objeto de este tipo de prisión es asegurar la presencia del acusado durante el juicio y garantizar la eventual ejecución de las penas. Es por esto que el Ministerio Público sólo puede solicitar al juez esta medida en tanto que no se pueda garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación y la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad cuando el imputado esté siendo procesado. Por tanto, se mantiene sustraído de la libertad al presunto culpable por no más de 2 años, a menos que el o la implicada soliciten extender el tiempo para probar su inocencia. En los hechos, sin embargo, y tal como se ha documentado, miles de personas llevan más de cinco años en prisión sin sentencias en firme, en tanto que otras versiones exhiben que misma ha sido empleada como arma política por el Estado mexicano.