Redacción / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. Para contener la cadena de contagio por COVID-19, el gobierno del estado publicó el decreto mediante el cual se establece el uso obligatorio de cubrebocas en Michoacán, en otras acciones de prevención. El incumplimiento de las medidas en el decreto llevará a sanciones que van desde la amonestación, multa, clausura temporal o definitiva de los establecimientos o arresto hasta por 36 horas. El documento, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 30 de julio del presente año, establece las siguientes medidas que permitirán un mejor manejo de la epidemia y disminuir los casos positivos que se han disparado en los últimos días: •El uso obligatorio de cubrebocas, ya sea comercial o de preferencia casero, que cubran nariz y boca, por todas las personas que se encuentren en cualquier espacio público, al interior de empresas, comercios, oficinas y del transporte público del estado de Michoacán. •Los bares, antros y establecimientos nocturnos, que están en los municipios con un riesgo epidemiológico máximo (Bandera Roja) y riesgo alto (Bandera Amarilla), deberán cerrar a las 11 de la noche los días jueves a sábado, no podrán laborar los días domingos y de lunes a miércoles podrán manejar el horario habitual, siempre con las medidas sanitarias establecidas. •Los lugares recreativos como parques, jardines y plazas públicas continuarán cerrados; y se prohíbe la operación de tianguis o mercados ambulantes los fines de semana. La vigilancia del cumplimiento de las medidas estará a cargo de las autoridades de Salud en el estado, la Secretaría de Gobierno, Protección Civil y Seguridad Pública, en coordinación con las instancias federales y municipales.