IEM llama a conformar observatorios ciudadanos en municipios, pero no tienen herramientas para operar

Paulina Gómez, titular del observatorio local, resalta la falta de mecanismos reales para incidir en la labor que pide el instituto

Observatorio Ciudadano de Jiquilpan en reunión con locatarios del Mercado Zaragoza. Foto, José Luis Ceja.

José Luis Ceja / La Voz de Michoacán

Jiquilpan, Mich.- En tanto el Legislativo estatal no dote de las herramientas jurídicas que permitan que los observatorios ciudadanos guarden un peso específico la operación de estos mecanismos de participación ciudadana difícilmente podrán tener impacto en la sociedad, destacó Paulina Gómez Ruán, presidenta de esta figura del Instituto Electoral del Estado de Michoacán (IEM) en Jiquilpan, en el marco del primer informe semestral.

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“A lo largo de este periodo este Mecanismo de Participación Ciudadana logró establecer interacción con diversos sectores de la población en la búsqueda de soluciones que permitieran un desarrollo pleno de nuestro municipio”.

Recordó que en “en ese orden de ideas nos hemos reunido con locatarios del Mercado Zaragoza para tratar de coadyuvar en el tema de la electrificación. Nos hemos reunido también con vecinos de la calle Narciso Mendoza para el rescate de un espacio de carácter público el cual pretende convertirse en un área recreativa. Hemos establecido comunicación con la Contraloría Municipal para informar, como lo marca. la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana, de las diversas omisiones por parte del Ayuntamiento que no nos han permitido el ejercicio del encargo que nos fue conferido”.

Destacó Gómez Ruán que durante este periodo se gestionó también la viabilidad de trabajos conjuntos con la naciente organización de Ingenieros y Arquitectos de este municipio, a fin de recibir asesoría sobre las dinámicas de adjudicación de obra pública y asesoría en materia de presupuestos y calidad de las obras que actualmente se ejecutan.

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“Hemos solicitado, en el marco de nuestras atribuciones, documentación básica al Ayuntamiento de Jiquilpan entre la que se encuentran copias simples de las actas de Cabildo, plan de desarrollo municipal, plan de desarrollo urbano, copias de las especificaciones técnicas de las obras que actualmente se realizan en el municipio sin recibir respuesta, incluso, la Contraloría Municipal, primer órgano fiscalizador en el municipio ha desatendido nuestro derecho constitucional de petición”, manifestó.

Marco legal para la participación ciudadana

En la intención de dar a la ciudadanía la posibilidad de participar activamente en las cuestiones públicas, el 08 de septiembre del 2015 se publica en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana del Estado de Michoacán de Ocampo; dicho instrumento legal señala que “Las disposiciones de esta ley son de orden público e interés social, tienen como objeto reglamentar los mecanismos de participación ciudadana, así como, los procesos para hacerlos efectivos, asegurando mediante la participación y vigilancia ciudadana el completo ejercicio legal y transparente del gobierno”.

En esta ley se contempla al observatorio ciudadano, la iniciativa ciudadana, referéndum y plebiscito, consulta ciudadana, consulta ciudadana a comunidades indígenas y presupuesto participativo como los mecanismos mediante los cuales los ciudadanos pueden incidir en la toma de decisiones en sus lugares de radicación; sin embargo, a decir de Paulina Gómez, la complicación para la ejecución de estos mecanismos radica en la resistencia de los entes observados para sujetarse a las disposiciones de esta ley a la que, según su apreciación, resulta necesaria una revisión por parte del ente legislativo toda vez que en su estado actual no permite una verdadera operatividad, en este caso de los Observatorios Ciudadanos.

“Entendemos la postura de la administración local pues a nadie le gusta tener sobre sí un ente que fiscalice o cuestione su accionar administrativo; ello ha orillado a que el ente observado, en este caso el Ayuntamiento de Jiquilpan, omita sistemáticamente las invitaciones para que el Observatorio Ciudadano pueda estar presente en las reuniones o sesiones de Cabildo en las que se discuten temas que afectan a la sociedad en general”, dijo.

“Por eso se hace indispensable que se dote a los Observatorios Ciudadanos del Estado de Michoacán de Ocampo, de las herramientas jurídicas necesarias para que realmente se conviertan, a los ojos de los entes observados y del ciudadano en una figura de respeto cuyas observaciones realmente guarden un peso específico en beneficio de una correcta administración pública y un buen gobierno”, adicionó.

De acuerdo a lo establecido por la Ley de Mecanismo de Participación Ciudadana del Estado de Michoacán la Fracción VI del Artículo 61 es que el Observatorio Ciudadano de Jiquilpan presentó ante la ciudadanía el informe de actividades correspondiente al periodo julio-diciembre 2022.