Morelia, Mich.- El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Michoacán, presidido por Catherine R. Ettinger, informó que la recién nacida encontrada el pasado lunes 12 de enero, quedó bajo custodia del DIF estatal una vez que pasó por revisión médica. La pequeña fue encontrada por un ciudadano a un costado del Jardín “José María Morelos”, quien dio parte al Ministerio Público para que la menor fuera llevada al Hospital Infantil “Eva Sámano de López Mateos” y después de estar bajo observación en urgencias de dicho nosocomio, la bebé de tan solo tres días de nacida presentó una recuperación favorable. El Ministerio Público levantó la averiguación previa correspondiente por el delito de Abandono de incapaces de proveerse a sí mismos, contra quien resulte responsable de dicho acto, y una vez que la autoridad dio custodia legal al DIF Michoacán, se registró a la niña al tiempo en que se acudió al Hospital para tramitar su alta y llevarla a uno de los albergues de la dependencia en el que se le brindarán las atenciones y cuidados necesarios. Derivado de dicho suceso, el DIF estatal, dirigido por Mariana Sosa Olmeda, hace un llamado a las mujeres embarazadas, sobre todo a aquellas que atraviesan momentos difíciles, a que acudan al DIF a recibir ayuda y orientación, ya que de acuerdo con el Artículo 293 del Código Penal del Estado de Michoacán, el delito de Abandono de incapaces de proveerse a sí mismos, es castigado hasta con cuatro años de prisión y multa de 10 a 100 días de salario mínimo, privándolo además, de la patria potestad o tutela. Por el contrario, si la persona acude al DIF, puede dar a su hijo en adopción y no se toma acción legal, además de que se facilita el trámite para que en un futuro, el menor pueda ser integrado a una familia. También se debe considerar que al solicitar el apoyo, el menor no sufrirá ningún peligro. Esto con base en el Artículo 28 de la Ley de Adopción del Estado de Michoacán de Ocampo, que indica que “En los casos en que quienes ejerzan la patria potestad de una niña, niño o adolescente no pudieran o no estuvieran en las condiciones necesarias para la crianza de éste, podrán hacer la entrega voluntaria del mismo al DIF a través de la Procuraduría o en su caso ante el titular del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en cada Municipio, con el propósito de que sea dado en adopción, excusándose de la patria potestad, siempre y cuando concurran los siguientes supuestos y requisitos: I. Se presenten quienes ejerzan la patria potestad con identificación oficial, acreditando domicilio actual; II. El menor de edad haya sido registrado legalmente y se presentare en ese acto el acta de nacimiento; y, III. En su caso, documentos que comprueben que la patria potestad de quienes no se presenten ante el DIF se acabó o se perdió previamente. En caso de que no se cumplan los supuestos y requisitos señalados, el menor será recibido y se considerará abandono o expósito, según corresponda”. Con dicha acción, el DIF realiza los trámites necesarios y el menor es atendido hasta que se logra dar en adopción.