Redacción / La Voz de Michoacán Michoacán. La zona de la Monarca sigue siendo amenazada por la tala clandestina, actividad que pese a ser denunciada desde hace muchos años no ha cesado. En esta ocasión fue en la zona forestal del municipio de Tlalpujahua, Michoacán, personal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y elementos de la Guardia Nacional suspendieron actividades de derribo y aprovechamiento maderable que, hasta ese momento sumaba 142 metros cúbicos ilegalmente sustraídos. En respuesta a una denuncia por tala clandestina en San Pedro Tarímbaro -parte de la zona de influencia de la Reserva de la Biosfera de la Mariposa Monarca-, inspectores de la citada Procuraduría observaron el derribo de árboles, sin que los taladores contaran con el permiso correspondiente que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para ello. También detectaron tocones de árboles cortados con motosierra sin la marca del responsable técnico, requisito en las autorizaciones de aprovechamiento para identificar el arbolado susceptible de ser extraído bajo manejo forestal planificado. 176 tocones de cedro blanco, 17 de encino y 12 de oyamel no cubrían dicho requerimiento. También localizaron 72 piezas de madera en rollo de cedro blanco, seccionados con motosierra. En dicha zona se notó la rehabilitación de un camino de casi 500 metros y la apertura de una brecha de 400 metros de longitud por donde se pretendía extraer la madera. Todo lo anterior, sin que los presuntos taladores exhibieran autorización para ello. Con fundamento en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), fue impuesta la suspensión de actividades de derribo, aprovechamiento y extracción ilegal de madera. Los presuntos responsables podrían hacerse acreedores a multas que van de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (de 8 mil 688 pesos a un millón 737 mil 600 pesos) de acuerdo con lo señalado en artículo 157, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) y ser obligados a llevar a cabo las actividades de restauración necesarias del sitio afectado, independientemente de las sanciones penales que resulten.