De acuerdo a los artículos transitorios, los contribuyentes de Morelia que efectúen el pago anual en una sola exhibición del Impuesto Predial, gozarán de un estímulo fiscal del 10% si el pago se efectúa en el mes de enero y del 5% si el pago lo realizan en el mes de febrero y se reúnan los siguientes requisitos: Estar al corriente del pago del Impuesto Predial al 31 de diciembre del 2014, y se exime del estímulo fiscal a los predios sujetos al pago de la cuota mínima anual. La Ley de Ingreso establece que todos los ingresos municipales que se perciban por los conceptos a que se refiere esta Ley, cualquiera que sea su origen o naturaleza, deberán registrarse por la Tesorería Municipal y formar parte de la Cuenta Pública, reportando aun aquellos que, en razón de no generarse ordinariamente o de no existir los antecedentes necesarios para estimar las cantidades a recaudar, aparezcan cuantificados en cero.