Tsuri Chávez / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. Luego de una medida cautelar emitida por el juez del séptimo distrito, una autoridad federal, se logró llevar a cabo el registro de un menor bajo la figura de maternidad dual. La medida estipuló que luego de habérsele negado el derecho a ser registrado a causa del artículo 334 del Código Civil de Michoacán, mismo que estipula que solamente los niños o niñas de matrimonios heterosexuales pueden ser registrados, se invalidó dicho artículo para proceder a proteger al menor. https://youtu.be/XVTRGxhhY_o Cabe recordar que las repercusiones de no poder registrar al menor implicaba su no reconocimiento oficial por parte del estado, así como su impedimento al resto de los derechos como el acceso a la salud, a la educación, a la identidad, por mencionar algunos. La maternidad dual significa que se puede dar el apellido de las dos madres, así como aparecer en el acta de nacimiento, como dos madres y no padre y madre.