El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán en sesión pública en esta fecha resolvió la revocación de la elección de jefe de tenencia de Huajúmbaro, en el municipio de Hidalgo, Michoacán, dentro del juicio para la protección de los derechos político electorales promovido por Guadalupe Cortés Durán en contra de dicha elección. El promovente hizo valer varios agravios entre los que se encuentran: la inasistencia del secretario de dicho ayuntamiento para dar fe de la votación, lo cual se considera infundado debido a que el referido ciudadano sólo está facultado para hacerlo en actos de Comisión Especial; en cuanto a la segunda queja referente a la falta de convocatoria para dicha elección, se declaró infundado, ya que de acuerdo al estudio del TEEM, se advierte que el actor si fue convocado; con respecto a la falta de integración de la comisión especial sancionadora, los magistrados los consideraron ésta como fundada, debido a que dicha comisión no fue integrada como lo establece la norma; finalmente en cuanto a la ausencia de autoridades competentes facultadas para sancionar y dar fe de los actos llevados a cabo en la jornada electoral, se consideró fundado el agravio ya que aunque el promovente parte de una premisa inexacta al considerar que la comisión especial encargada de sancionar la elección es la que debe integrar la mesa directiva de casilla, no obstante ello, se consideró el agravio al haberse recibido la votación entre otros, por un regidor integrante de la comisión especial, por tanto se estimó que la votación fue recibida por un funcionario sin facultades para ello, por lo anterior, fue declarada la invalidez de la elección.