Notimex / La Voz de Michoacán Michoacán. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó una reforma a la Constitución Política del estado de Michoacán, que aumentó de 40 a 50 años el límite máximo de pena de prisión para los delitos locales. Los magistrados consideraron que la controvertida norma no viola el principio de progresividad, en su vertiente de no regresividad. Precisaron que la modificación no significa disminución o retroceso en la salvaguarda de los derechos humanos, tales como la reinserción social y el derecho a que no se impongan penas excesivas, inusitadas, o prohibidas por la Constitución Federal. Además, dicha reforma se enmarca en la libertad configurativa de que goza el legislador michoacano para determinar su política criminal en el combate a los delitos, sin que exista en la Constitución Federal o en los tratados internacionales un límite temporal máximo para la pena de prisión. La resolución responde a la acción de inconstitucionalidad 103/2016 promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán de Ocampo, que demandó la invalidez del Artículo 94, párrafo segundo, de la Constitución Política de la entidad, reformado mediante el Decreto 153, publicado en el Periódico Oficial local el 24 de octubre de 2016.