Tsuri Chávez/ La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. 12 clausuras por parte del Ayuntamiento a espectaculares de la ciudad por falta de licencia y medidas de seguridad en lo que va de este año, es lo que reporta la administración municipal durante este 2018. Estos anuncios se encontraban ubicados en Avenida Madero Oriente y Periférico Paseo de la República. Cabe destacar que durante 2017, fueron clausurados 62 espectaculares, por la misma razón, la falta de licencia de anuncios y medidas de seguridad lo cuales estaban localizados principalmente en Periférico Paseo de la República, Avenida Acueducto, Solidaridad, Madero Poniente y Oriente, lo anterior de acuerdo a información brindada por el Ayuntamiento local. Aunque no se especificó qué tipo de sanciones fueron las que se impusieron a los casos antes mencionados, el Reglamento de Anuncios y Publicidad, indica que las sanciones a las que se hacen acreedores aquellos que incumplan en el manejo de los espacios publicitarios o anuncios de algún tipo en el interior de la ciudad dependen de qué norma se vea infringida. Sin embargo, es tarea del Ayuntamiento de Morelia tazar los costos de estas faltas y de acuerdo al Reglamento de Anuncios y Publicidad del municipio, “las infracciones serán calificadas por la Tesorería Municipal conforme al Tabulador de Sanciones y serán pagadas en las oficinas de la misma”, estipula la normativa. Sobre la tenencia de una licencia el Reglamento, indica con claridad que aunque se trate de anuncios y publicidad de diferente índole, “La persona física o moral poseedora y/o propietaria del inmueble y/o predio en el que se pretenda o se encuentre instalado, construido o fijado un anuncio, debe: Mantener en el inmueble y/o predio el original, o una copia de la Licencia o Permiso vigente de responsabilidad civil durante la permanencia del anuncio y/o su estructura”. Además, es en el Artículo 60 en el que se estipula la reglamentación para los anuncios categoría K (K-1, K-2, K-3 y K-4), que son los espectaculares autosoportados en azotea, de los cuales se considera que las dimensiones mínimas de una planta que sostenga este tipo de anuncios son de 2.50 a 3 metros de altura. A lo que se suma que para los anuncios mayores de 10 metro cuadrados, cada 3 meses, los propietarios deben dar mantenimiento correctivo y preventivo a estos anuncios y reportar a SDUMA por escrito, avalado por un perito de obra, sobre las condiciones que guarda el anuncio y sus elementos y sobre el mantenimiento realizado.