Sonia Zavala López Una vez concluida la segunda guerra mundial el 25 de junio de 1945 se firmó en San Francisco, Estados Unidos, la Carta de las Naciones Unidas que dio origen a la creación de la Asamblea General, órgano máximo de la organización que proclamó, el 10 de diciembre de 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, representando con ello un firme compromiso de gran parte de la comunidad internacional de que actos tan atroces como los ocurridos en aquel pasaje tan doloroso de nuestra historia no se vuelvan a repetir jamás. Sin duda repasar el origen de la Declaración es remitirnos al deber moral de los países de cooperar internacionalmente, despojándose de criterios localistas y adoptando otros que involucren deseos, pero sobretodo acciones que fortalezcan la pacificación de los pueblos; es reafirmar los valores y principios que implicaron la lucha contra un fascismo y nazismo que tanto daño causaron a la humanidad en una época donde los derechos humanos fueron mancillados gravemente, debiendo ser replanteados a través de una alianza de nivel meta nacional como ocurrió luego de delinear un plan de acción global para la libertad y la igualdad protegiendo los derechos de todas las personas, de todo el globo. Dicha circunstancia constituyó un hito al ser la primera vez que los países acordaron las libertades y derechos que merecen protección universal para que todas las personas vivan su vida en libertad, igualdad y dignidad. Su adopción reconocía que los derechos humanos son la base de la libertad, la justicia y la paz. Los postulados y esencia de una declaración de tal naturaleza han servido de base e incluso reproducidos en numerosas tratados y resoluciones internacionales de derechos humanos, de ahí incluso derivan los principios que la reforma constitucional mexicana más importante en materia de derechos humanos de 2011 recogió, tales como universalidad, interdependencia e indivisibilidad, así como el hecho de puntualizar que los derechos son tales pero también implican obligaciones por parte de titulares y responsables de éstos. Importante resaltar que si bien la Declaración Universal de los Derechos Humanos no fue el primer documento que se encargó de enmarcar los derechos fundamentales de los seres humanos pero sí el primero que recogió voluntades de más de 50 países que firmaron la Carta de las Naciones Unidas con un enfoque universal, es decir, sin distinguir fronteras, creencias religiosas, culturas, idiomas, etc., amén de los países que no se sumaron a este compromiso, para los cuales incluso la invitación a hacerlo se encuentra abierta. La importancia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos es tal que es el documento más traducido en el mundo a más de 500 idiomas; se compone de 30 artículos que incluyen los derechos a no ser sometido a tortura, a la libertad de expresión, el derecho a la educación y el derecho a buscar asilo, derechos civiles y políticos, como los derechos a la vida, a la libertad y a la vida privada. También contiene derechos económicos, sociales y culturales, como los derechos a la seguridad social, la salud y a una vivienda adecuada; incluso al esparcimiento. Si bien los postulados de la Declaración no son vinculantes en estricto sentido, es decir, que no obligan a su observancia ni existe un mecanismo jurídico ah hoc que provoquen su cumplimiento, ha inspirado cientos de tratados internacionales y proyectos de ley nacionales de derechos humanos, así como disposiciones constitucionales que, en conjunto, sí constituyen un sistema amplio jurídicamente vinculante para la promoción y protección efectiva de los derechos humanos a partir de garantías jurisdiccionales o no jurisdiccionales que cada país prevé para tal efecto. Así, dado que la cristalización de este documento fue producto de la solidaridad entre naciones el ingrediente principal fue sin duda una profunda transformación de la sociedad, de los representantes de las potencias mundiales que debían y deben mantener la firme convicción de que los conflictos bélicos no son ni serán en ningún momento y de ninguna forma la vía para alcanzar el desarrollo social y el bienestar de sus habitantes. De todo lo precisado, quizá la reflexión más importante es que la aprobación de este documento no fue la culminación de un proceso sino el inicio de un camino que aún estamos recorriendo. Un trayecto en pro de la justicia y las igualdades universales, basado en la empatía y solidaridad como reconocimiento de los derechos inherentes, propios y de nuestros semejantes.