Crotaleando

La Voz de Michoacán. Las últimas noticias, hoy.

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Etelberto Cruz Loeza.

Recupero fragmento de mi colaboración anterior: Eso puede pasar aquí… el Estado necesita dinero y, de entrada, no encuentra los 500 mil millones de pesos de la corrupción y la disminución de salarios de los servidores públicos está a revisión.

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  • Se han presentado poco más de 3 mil promociones de amparo, tanto en el poder Judicial

como del Legislativo, todos en la llamada Alta Burocracia –de Cuello Blanco–; se están defendiendo y la Suprema Corte de Justicia –que es juez y parte– debe utilizar el cuchillo de Porcia para cortar la libra de carne, mas evitar derramar la gota de sangre.

  • El conflicto entre Poderes de la Unión está pesado, más…
  • Debe encontrarse una salida, legal, negociada en el marco de la ley y únicamente puede

darse una de las siguientes soluciones-opciones… tenga efectos con los nuevos ministros, magistrados, jueces y funcionario nuevos, a partir de XX fecha…

  • Pero se estaría lesionando-violando el principio de a Igual trabajo, igual remuneración.
  • Otra, que esas potestades del poder Judicial acepten reducirse sus remuneraciones…
  • Se estaría violando la Constitución, el artículo 94 (y con mi celular le pedí al tío Google

ese dichoso artículo, me lo trajo a la pantalla, lo leí y encontré el párrafo: la remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrán ser disminuidos durante su encargo… (Debe llamar la atención que, el pasado lunes 7 del presente, el nuevo presidente de la Suprema  Corte de Justicia de la Nación declaró: las percepciones que reciben los Ministros del máximo tribunal de justicia del país, no pueden ser diferenciadas ni pueden ser disminuidas por actos provenientes de otros poderes, sin embargo, ello no impide que en ejercicio de su independencia y autonomía de gestión presupuestal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza una autorregulación de las remuneraciones de sus integrantes, bajo los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez que la propia Constitución establece. Concretamente, como medida de racionalidad del gasto público el pleno de los Ministros de la Corte acordó disminuirse un 25% sus remuneraciones, respecto de las percibidas en el ejercicio fiscal 2018, por lo que en 2019 tendrán un salario mensual de $ 201,911 pesos. -Sin embargo, continuarán recibiendo su seguro de gastos médicos mayores y demás prestaciones ganadas-. Ahora bien, este acuerdo de voluntades será sumamente legal, pero va contra nuestra constitución política, vigente y muestra que la ley se puede negociar. La palabra disminución, en el texto constitucional y en el acuerdo de voluntades de la Suprema Corte, significa lo mismo en ambos casos, luego entonces ellos están violando la ley constitucional. Para funcionarios tan elevados, intérpretes de la Constitución y siendo nuestro lenguaje español tan claro y preciso, ¿qué palabra es la que no entienden? ¿Qué no les queda claro? ¡Su bolsillo! Seguirán ganando más que el presidente de la República)- Se acordó, además, que el nuevo integrante, que sustituirá a la Ministra Margarita Luna Ramos, quien se retirará en febrero, perciba el mismo ingreso y que éste no sea menor al del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador. (Y, finalmente, complementaron: También se tomarán medidas para asegurar la independencia de magistrados, jueces y de todos los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación frente a otros poderes. En sus casos, la SCJN ¿cómo procederá ante los amparos de magistrados de circuito, consejeros de la Judicatura Federal, jueces y demás estructuras y entidades autónomas, si el artículo 123 Constitucional establece el principio de que: A Trabajo Igual, Salario Igual?)

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  • ¡La tiene perdida esa Ley de Remuneraciones!

Ahora bien, mi abanico de opciones no estaba errado.

Este hecho muestra que, 1° El titular del Ejecutivo Federal, sabiendo que tiene casi la gobernabilidad del Poder Legislativo, está atentando contra el equilibrio de poderes de la Unión. 2° Está replicando el modelo Donald Trump: agredir, enfrentarse con sus oponentes, enemigos, adversarios y negociar en posición de fuerza. 3° Si el grupo morenista reflexiona y compara, notará que, en el modelo, Trump está llevando a una paralización - y polarización- del gobierno norteamericano… ¡Con tal de cumplir sus caprichos! 4° Para complementar, si Donald Trump tiene su política de twitter, desde su recámara, Andrés Manuel tiene sus conferencias ¡A las 6 de la mañana!… desde su casa: ¡Palacio Nacional! 5° Andrés Manuel López Obrador, Donald Trump y Nicolás Maduro - y Evo Morales - son fajadores, no esgrimistas y para nuestra sociedad y país de hoy, y para el cargo, puesto y responsabilidad de presidente de la República, se necesita un estilista, con punch para rematar, no un ponchador, como el Pájaro Moreno o Mike Tyson… Así les fue… Lo grave es que estamos nosotros de por medio…

Finalicé mi colaboración con esta pregunta a mi sobrino: ¿En Francia, Inglaterra, a qué le llaman estado de Bienestar?

Tío, - y ésta es su respuesta -: en inglés es welfare state. Las traducciones más cercanas

al español son estado de bienestar, estado benefactor y sociedad de bienestar, se lo puedo decir en pocas palabras, pero mejor le proporciono la liga y usted la busca y la lee. Y eso hizo. Seguí su recomendación: concepto de gobierno en que el Estado o una red bien establecida de instituciones sociales, desempeña un papel clave en la protección y promoción del bienestar económico y social de los ciudadanos. Se basa en los principios de igualdad de oportunidades, distribución equitativa de la riqueza y responsabilidad pública de quienes no pueden aprovechar las disposiciones mínimas para una buena vida. Características fundamentales del Estado de Bienestar: el Seguro, social, la previsión pública, educación básica pública, servicios de salud y vivienda a bajo costo o sin costo, programas contra la pobreza. Su uso moderno está asociado con las medidas integrales tomadas por Inglaterra en 1948 –Trabajo y Estado del Bienestar. Legislación que creó el Estado de Bienestar -1945-1951. El Estado de Bienestar tiene que ver con una forma de gobierno en la cual el Estado, tal como lo dice su nombre, se preocupa por el bienestar de todos sus ciudadanos, que no les falte nada, que puedan satisfacer sus necesidades básicas, proveyéndoles, en este caso, aquello que no pueden conseguir por sus propios medios y entonces se hace cargo de los servicios y derechos de una gran parte de la población humilde o empobrecida. En su forma más completa, el Estado de Bienestar proporciona ayuda estatal para los individuos en casi todas las fases de su vida: desde la cuna hasta la tumba, como se ejemplifica en los Países Bajos y los gobiernos socialdemócratas de los países escandinavos.

Los principales problemas en la administración de un estado de Bienestar son determinar el nivel deseable de provisión de servicios por parte del Estado, asegurar que el sistema de beneficios y contribuciones personales satisfaga las necesidades de los individuos y las familias, al mismo tiempo que ofrece incentivos suficientes para el trabajo productivo, garantizar la eficiencia en el funcionamiento de los monopolios estatales y las burocracias y la provisión equitativa de recursos para financiar los servicios por encima de las contribuciones de los beneficiarios directos.