Miguel Ángel Martínez Ruiz El año 2018 se caracterizará por las diferentes campañas políticas para elegir el primer domingo de julio al próximo presidente de la República, senadores, diputados y algunos gobernadores, además de otros cargos públicos de menor importancia. La palabra campaña procede del latín campanĕa que deriva de campus (“campo”). El término nació para hacer referencia al campo llano y abierto que no presenta montes ni asperezas. Con el adjetivo políticas se designa el conjunto de actividades que se realizan a través de instituciones gubernamentales o sin depender de ellas (la sociedad civil), o los partidos políticos con objetivos previamente establecidos y relacionados con el poder público. Existen todo tipo de campañas, entre otras, de vacunación, contra el tabaquismo, en pro de los niños con deficiencias o enfermedades de difícil tratamiento, déficit de atención, contra la inseguridad, para combatir el hambre, antituberculosas, etc. También existen campañas de otra clase, como las militares, y se alude al campo de batalla cuando se trata del lugar en el que se realizan operaciones guerreras. Las de carácter político tienen como finalidad obtener la mayoría posible de votos en los procesos electorales, conforme a las reglas previamente sancionadas para evitar que se cometan abusos e irregularidades respecto a financiamiento, propaganda, tiempo, etc., así como actos delictivos que son resueltos de acuerdo a la naturaleza de tales ilícitos. A nivel nacional, durante los últimos días se ha visto la inmadurez con que se han manifestado muchos actores políticos: precandidatos, dirigentes de partidos, asociaciones, grupos y simples ciudadanos, los cuales han incurrido en insultos, diatribas, injurias, el uso de lenguaje soez, insidia, calumnias, etc., intentando descalificar a sus opositores, sin darse cuenta de que el electorado se siente afectado, pues no se le tiene el mínimo respeto. A la ciudadanía le desagradan esas agresiones, algunas veces sin fundamento real, pues no se muestran pruebas efectivas de los hechos imputados a diversas personas tanto físicas como morales. Los comicios que permiten elegir libremente a los gobernantes han llegado hasta nuestros días como consecuencia del pensamiento democrático sustentado por diferentes ideólogos durante poco más de dos milenios y medio. Norberto Bobbio y Nicola Matteucci en su Diccionario de Política mencionan la narración elaborada por Herodoto, en la cual Otantes, Megadizo y Darío discuten en torno a la futura forma de gobierno de Persia: “Mientras que Megadizo defiende la aristocracia (donde la soberanía no dimana del pueblo en sentido ascendente, sino descendente, del príncipe o emperador hacia los inferiores, sus súbditos), y Darío la monarquía, Otantes toma la defensa del gobierno popular que llama según el antiguo uso griego ‘isonomía’ (o igualdad de las leyes o igualdad frente a la ley), con el argumento que todavía los partidarios de la democracia consideran fundamental: ¿Cómo podría ser algo perfecto la monarquía, a la que es lícito hacer lo que quiera sin deber rendir cuentas? Igualmente clásico es el argumento con el que el partidario de la oligarquía condena el gobierno democrático: ‘Nada es más necio e insolente que una multitud incapaz’. ¿Cómo puede gobernar bien aquel que no ha recibido instrucción y no ha conocido nada bueno y conveniente y que trastorna los negocios públicos entrometiéndose sin discernimiento como un torrente desbordado?”. Se ha escrito mucho respecto a las bondades de la democracia. Sin embargo, en la práctica, constituye al igual que el socialismo y el comunismo, una aspiración, un anhelo de la humanidad. La democracia pura no existe ni ha existido nunca, pues incluso en la Grecia clásica se sostenía gracias al trabajo de los esclavos, mientras un grupo reducido buscaba las formas de gobierno más perfectas para la polis o ciudad perfecta, según la concepción platónica. En nuestro país ha tomado carta de naturalización la democracia, cuya expresión más “genuina” se da en los actos electorales, mediante los cuales las grandes mayorías nombran a sus representantes o a sus mandatarios, según sea el caso de los poderes legislativo o ejecutivo. Algunos estudiosos de nuestro sistema político (Octavio Paz, Pablo González Casanova, Daniel Cossio Villegas, entre otros) han señalado que una de las grandes deficiencias reside en el nombramiento de los candidatos, los cuales son designados en forma antidemocrática y luego postulados para ocupar los diferentes cargos políticos. Se ha dicho que es una forma indirecta de ejercer la democracia, pero en la realidad se ha caído en el abuso, al grado de que existen partidos en los que la voluntad ciudadana depende de un solo individuo como si se tratara de una empresa, una franquicia, un patrimonio personal o una dictadura. Para prueba ahí están los partidos Morena y Verde Ecologista, donde sus líderes son los dueños únicos e incontrovertibles de las decisiones, y nadie se atreve a oponerse a sus deseos para imponer candidatos. La tómbola de López Obrador fue una burla contra el supuesto sistema democrático en el que vivimos y sus aspiraciones presidenciales por tercera vez son el reflejo de las prácticas antidemocráticas que adolecemos, además del populismo más anacrónico que es posible imaginar y la demagogia que tanto daño ha causado a nuestro pueblo, pues es el engaño descarado. Ahora tendremos algunas candidaturas independientes a los diferentes puestos de elección popular, pero ¿en qué se fundamentan? La idea de las candidaturas procede de los romanos, pero ha evolucionado hasta tener otras connotaciones, tales como las que se tienen en las democracias modernas que especifican el contenido de este concepto refiriéndose a las personas físicas que figuran en una elección para diferentes cargos públicos y cuyos nombres aparecen en las boletas electorales a fin de que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto. Las candidaturas pueden ser personales o por planillas, Para tener la posibilidad de ser votado, era indispensable que un partido político hiciera la postulación y el registro correspondientes ante las autoridades y la ciudadanía en general. Esta última desempeña un papel de primerísima importancia, pues sin el concurso de los votantes cualquier elección sería un fracaso y una negación del sistema democrático. En fechas relativamente recientes se ha presentado una nueva figura jurídica con la aparición de las candidaturas independientes, las cuales son desempeñadas por ciudadanos que no pertenecen a ningún partido político o más bien no han sido seleccionados al interior de algún instituto político. Esta innovación se basa en el derecho universal de toda persona humana a ser votada, condición que se considera inherente, universal e inalienable. Se ha hecho una caracterización para precisar dos diferentes tipos de candidato independiente: los candidatos ciudadanos y los candidatos no registrados. En teoría cualquiera puede ser votado conforme a lo estipulado en la Constitución General de la República, artículo 35, que indica en la fracción II como uno de los derechos de todos los ciudadanos mexicanos ser votado para todos los cargos de elección popular, pero estos votos no cuentan a la hora de hacer el cómputo final en las casillas electorales, pues solamente cuando se cumplen con las normas en la materia se puede participar como candidato ciudadano, respaldado por cierto número de firmas, debidamente acreditadas ante el Instituto Nacional Electoral (INE). Esta última modalidad surgió como consecuencia del descrédito y falta de confiabilidad de algunos partidos políticos que imponían o imponen en determinadas ocasiones a las personas menos idóneas para los cargos de representación popular, lo cual se traduce muchas veces en problemas de abstencionismo. Por otra parte, el Artículo 41 Constitucional dice: “La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, conforme a las siguientes bases: I. Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, las formas específicas de su intervención en el proceso electoral y los derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden. Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales. Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente a la establecida en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa. Las autoridades electorales solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los términos que señalen esta Constitución y la ley. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones de las entidades federativas y municipales. El partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro.” Hasta hace poco tiempo, las candidaturas independientes no estaban avaladas por la ley, dado que el Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales solamente otorgaba el derecho a figurar como candidatos, a las personas que hubiesen sido registradas con el respaldo de algún partido político. Por lo tanto, se caía en una contradicción, pues la Carta Magna establece el derecho de ser votado, pero una ley complementaria obstaculizaba este derecho. La nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales no solamente permite que, bajo ciertas reservas, se registre a cualquier candidato cívico, ciudadano o independiente, sino que además contempla la posibilidad de financiar su campaña política. Así, pues, los “Art. 407 LEGIPE y Art. 408 LEGIPE definen: “Como candidato independiente tienes derecho a recibir financiamiento público para tus gastos de campaña, y para los efectos de la distribución de este tipo de financiamiento, todos los candidatos registrados en su conjunto, serán considerados como un partido político de nuevo registro. El monto que le correspondería a un partido de nuevo registro, se distribuirá entre todos los candidatos independientes de la manera siguiente: Un 33.3% que se distribuirá de manera igualitaria entre todos los candidatos independientes al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; Un 33.3% que se distribuirá de manera igualitaria entre todas las fórmulas de candidatos independientes al cargo de Senador, Un 33.3% que se distribuirá de manera igualitaria entre todas las fórmulas de candidatos independientes al cargo de Diputado Federal. “En caso de que un sólo candidato independiente obtenga su registro para cualquiera de los cargos antes mencionados, no podrá recibir financiamiento que exceda del 50% de los montos referidos en los incisos anteriores.” También se regula el financiamiento privado: “Como candidato independiente también tienes derecho a recibir financiamiento privado, de aportaciones propias y de tus simpatizantes. No olvides que el monto de las aportaciones no podrá rebasar en ningún caso, el 10% del tope de gasto para la elección de que se trate.”