Analizan tomar acciones legales contra Carolina Herrera

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Foto: Twitter. En Resort 2020 aparecen los modelos 8 y 23, con bordados originarios de Tenango de Doria, Hidalgo

El Universal/La Voz de Michoacán

 

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Ciudad de México. El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) analiza posibles acciones legales por plagio contra la marca Carolina Herrera, por su más reciente colección, Resort 2020, que exhibe prendas con elementos culturales de diferentes regiones del país.

"El INPI condena enérgicamente el plagio (en perjuicio de las comunidades indígenas), debido a que vulnera su derecho a conservar y proteger su patrimonio cultural e identidad. Asimismo, examinará las posibilidades de interponer las acciones legales que procedan para defender los derechos e intereses de las comunidades afectadas", indicó la institución.

Alejandra Frausto, secretaria de Cultura, solicitó a Carolina Herrera, fundadora de la marca del mismo nombre, y a Wes Gordon, director creativo de la compañía, "que expliquen públicamente con qué fundamentos decidieron hacer uso de elementos culturales cuyo origen está plenamente documentado, y cómo su utilización retribuye beneficios a las comunidades".

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En Resort 2020 aparecen los modelos 8 y 23, con bordados originarios de Tenango de Doria, Hidalgo; los modelos 11 y 13 que integran bordados del Istmo de Tehuantepec, y los modelos 14 y 16 que incorporan el "Sarape Saltillo". Wes Gordon indicó que se trataba de un "homenaje a la riqueza de la cultura mexicana".

Sin embargo, el INPI dijo que el "presunto homenaje a la cultura mexicana es un pretexto o intento de justificación para plagiar y lucrar con la propiedad de los pueblos. Los diseños indígenas y sus manifestaciones artísticas son producto de su historia, identidad, conocimientos y cosmovisión, por lo que su uso sin su autorización constituye un acto violatorio de los derechos humanos y se traduce en una muestra de la opresión y mentalidad colonizadora con la que se sigue tratando a los pueblos indígenas".

El INPI agregó que debe cumplirse el Artículo 31 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que señala que corresponde a los pueblos el derecho de "mantener, controlar, proteger y desarrollar, su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales..."

"El consentimiento de los pueblos es requisito para que terceros ocupen sus diseños y creaciones, y deben participar de los beneficios que éstos generen", indicó el INPI.