Ciudad de México.- El pleno del Senado de la República aprobó el dictamen que expide Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. En la maratónica sesión ordinaria que se prolongó por más de 13 horas, se avaló por 90 votos a favor y cuatro en contra esta ley que busca establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, juzgar y sancionar el delito de tortura. Se mandata que las acciones, medidas, mecanismos y procedimientos, así como la planeación, programación e instrumentación de políticas públicas para la prevención de los delitos establecidos en esta Ley, serán diseñados, implementados y evaluados aplicando los principios de dignidad humana, debida diligencia, enfoque diferencial y especializado, no revictimización, perspectiva de género y transparencia y acceso a la información pública. El dictamen que fue turnado a la Cámara de Diputados establece que el delito de tortura se investigará y perseguirá de oficio, por denuncia o vista de autoridad judicial; además de que el ejercicio de la acción penal y la sanción que se imponga judicialmente para este ilícito son imprescriptibles. Precisa que no constituyen causas de exclusión del delito de tortura la obediencia a órdenes o instrucciones de un superior jerárquico que dispongan, autoricen o alienten su comisión y señala que las órdenes de los superiores de cometer esta práctica son ilícitas, por lo que los subordinados tienen el deber de desobedecerlas y denunciarlas. Del mismo modo, se convino incluir que no se consideran como causas de justificación o excluyentes de responsabilidad de tortura el que existan o se invoquen circunstancias especiales o situaciones excepcionales, como tiempo de guerra, invasión o su peligro inminente, perturbación grave de la paz pública, grave peligro, conflicto armado, inestabilidad política interna, suspensión de derechos y sus garantías.