Concenden suspensión definitiva en caso Tajamar

La Voz de Michoacán. Las últimas noticias, hoy.

El juzgado segundo de distrito, radicado en esta ciudad, concedió una suspensión definitiva en el caso de Malecón Tajamar, para impedir la continuidad de obras en el polígono.

La mañana de ayer se desarrolló la audiencia incidental sobre la demanda de amparo 86/2016, en la que una ciudadana reclamó la protección ante hechos vinculados con el despliegue de la fuerza pública municipal, el 16 y 17 de enero, para respaldar la devastación de manglares y demás cobertura vegetal en el polígono de 78.4 hectáreas.

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También demandó el freno de remoción de esa vegetación de selva y manglares, así como la concreción del relleno de humedales, obteniendo del juzgado, una suspensión provisional que impedía el reingreso de la maquinaria al sitio, para desarrollar actividades vinculadas con obras civiles.

Ayer se realizó una audiencia en la que se desahogaría el caso para decidir si el juez otorgaría la suspensión definitiva sobre estos actos, lo cual será publicado en estrados hoy,

Por la noche, en el sistema federal de seguimiento de expedientes del Poder Judicial de la Federación aparece que fue negada una suspensión definitiva y concedida otra, sobre el mismo expediente, pero no señala los alcances de la misma.

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Francisco Villarreal, uno de los abogados que dan seguimiento al caso, explicó que existen elementos para concluir que la suspensión negada se refiere a la intervención de la fuerza pública, pues la policía dejó de custodiar el polígono desde el 17 de enero.

Por el contrario, la suspensión definitiva que seguramente otorgó el juez Segundo, versa sobre el freno de actividades de remoción de vegetación o acciones vinculadas a obras civiles, faltantes, que aún se pueden detener antes de producir un daño irreparable.

“Tiene como antecedente el recurso de queja que perdió el Fonatur, sobre la suspensión provisional que otorgó precisamente el Juzgado Segundo. El recurso fue declarado como infundado y el expediente con todo el análisis debió haber sido enviado por el tribunal.

“Esto quiere decir que el Juez Segundo ya sabe cuál fue el criterio y razonamientos del tribunal, que entre otras cosas privilegia el interés público sobre el privado, al garantizar el cumplimiento al derecho constitucional de un ambiente sano”, manifestó.