Corte admite controversia contra Ley de Seguridad

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Foto: Internet. Cholula demanda la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior, publicada el 21 de diciembre de 2017.

Redacción/La Voz de Michoacán

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a la controversia constitucional en contra de la Ley de Seguridad Interior, interpuesta por el municipio de San Pedro Cholula, en Puebla, que será turnada al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

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La Secretaría de Acuerdos asignó la demanda a Pardo Rebolledo, quien deberá analizarla para, en su caso, solicitar los informes correspondientes para iniciar el estudio del asunto y dar a conocer si la controversia se admite o no a trámite, aunque no se tiene un plazo estimado para la resolución.

A pesar de que distintos organismos, como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), organizaciones no gubernamentales y hasta partidos de oposición habían anunciado que presentarían acciones de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Interior por su opacidad y atentar contra los principios de derechos humanos, antes del 20 de enero, plazo para presentar estos recursos; sin embargo, hasta ahora el municipio poblano ha sido el único en presentarlo.

De acuerdo con personal de la SCJN, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo sería quien también recibiría la acción de inconstitucionalidad que presente la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por cuestiones de acumulación de trabajo y debido a que se trata del mismo tema.

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El ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, ordenó analizar el expediente de la controversia constitucional 4/2018, presentada el pasado 5 de enero de 2017 por Esperanza Estela Chilaca Muñoz, quien funge como síndica municipal, y otros funcionarios.

El municipio demanda la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior, publicada el 21 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, por considerar como inconstitucionales los artículos 7, 11 y 16, en los que se violenta su autonomía.

Los demandantes expusieron que la ley viola el tema de seguridad pública de los municipios, plasmada en el artículo 115 de la Constitución, en el que se les otorgan facultades para decidir sobre seguridad pública; además, cuestionan la facultad del Presidente de pedir la intervención de las Fuerzas Armadas en las localidades, sin mediación de la alcaldía; y, por último, afirman que el Ejército o la Marina no pueden desempeñar funciones de seguridad pública.

En el expediente se señala como autoridades responsables de la inconstitucionalidad a las Cámaras de diputados y senadores del Congreso de la Unión, el Poder Ejecutivo y el director del Diario Oficial de la Federación.

El alcalde de San Pedro Cholula, José Juan Espinosa Torres, quien llegó al cargo por Movimiento Ciudadano y actualmente es militante de Morena, esperaba la notificación de la SCJN, ya que fue a través de los medios como se enteró de que había sido admitida la controversia que promovió su administración.

“Es un gran avance, es una buena noticia para todos aquellos que estamos convencidos de que esta ley no resuelve la inseguridad que se vive en el país y tenemos muy claro que el legislador intenta desdibujar, hacer a un lado a los gobiernos municipales, que somos el nivel de gobierno más próximo, más cercano a la población y quienes bien tenemos derechos y obligaciones en materia de seguridad pública”, aseguró Espinosa Torres.

Además, aseguró estar convencido que, desde el punto de vista estrictamente jurídico, les asiste la razón.